Blog
Normativa de resolución voluntaria de conflictos
Los autónomos que deben enviar sus datos a la Seguridad Social antes del 31 de octubreHacerse autónomo o no con ingresos menores al salario mínimo6 deseos de los autónomos para el Genio AzulPropuestas para mejorar el acceso de los autónomos a la jubilaciónEl inicio incierto de la cotización del autónomo en 2019Casi el 55 % de los autónomos de la Comunidad de Madrid reconoce no haber tenido necesidades de financiación en sus negocios¡Atención, creativos! Cómo financiar un proyecto con KickstarterMujer autónoma embarazada: Estos son tus derechosVentajas de tener un punto de recarga para coches eléctricos si eres autónomoLa última propuesta del Gobierno para lograr un acuerdo con los autónomos: cuotas entre 230 y 590 eurosLas Comunidades de bienes seguirán tributando por el IRPFClaves de éxito para emprendedores: cómo cumplir objetivos10 habilidades y actitudes para ser un buen vendedor. ¿Las tienes todas?Apps para taxis: 7 ventajas para empresas y autónomos5 videoconsejos para autónomos que simplifican los trámites de la Seguridad SocialLa era del falso emprendedor y la tarifa planaLas claves para los autónomos en la Declaración de la Renta 2022 – 2023Los grandes errores que un autónomo no debe de cometer10 retos de emprendimiento para 2018Boutique Baccana, buenas prácticas de autónomos en redes socialesLotería de Navidad: comparte tu suerte con los autónomos y emprendedoresConsejos para definir nuestro espacio de trabajo I: Factores a tener en cuentaLos autónomos con bajos ingresos protagonizan los Presupuestos 2019Las mejores técnicas para fidelizar a tus clientes si eres autónomoEficiencia energética: 4 soluciones que potencian el ahorro en tu negocioLos desafíos de ser emprendedor en 2015

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Normativa de resolución voluntaria de conflictos

Infoautonomos Normativa De Resolución Voluntaria De Conflictos

Actualizado el 6 de marzo de 2012

1 minutos de lectura

Por Infoautónomos

El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó un Real Decreto Ley de Mediación Civil y Mercantil, con el que se pone a disposición de todos los ciudadanos un mecanismo de resolución de conflictos voluntario, ágil, flexible y económico.

Este Real Decreto Ley de Mediación tiene influencia en ámbito civil y mercantil, con lo que se puede recurrir a él para tratar conflictos relativos a las empresas. Quedan excluidas, sin embargo, las cuestiones de ámbito penal, laboral, de consumo y con las Administraciones públicas.

La mediación es una forma voluntaria de resolución de controversias entre dos partes con la ayuda de una tercera persona (cualificada, imparcial y neutral que les guía en la consecución de un acuerdo por sí mismas). El mediador, a diferencia de lo que sucede en el arbitraje, no tiene capacidad de decisión en la resolución del conflicto, ya que esta corresponde por entero a las partes.

El objetivo de este Real Decreto Ley es dar un impulso relevante a esta institución (la mediación). La consecuencia de su aplicación será la reducción de los asuntos que actualmente se resuelven mediante procesos ordinarios de la justicia.

La mediación es de carácter voluntario, de forma que no se regula ninguna obligación legal de acudir a ella. No obstante, el juez, cuando aprecie que en atención a la naturaleza del litigio éste podría resolverse de forma más ágil y menos costosa a través de la mediación, podrá instar a las partes a que asistan a una sesión informativa.

Los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes muy superior al de los casos arbitrales y las sentencias, índice que alcanza hasta el 98% de los casos.

 

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

La ventana a la actualidad
para emprendedores, autónomos y pymes

Únete a nuestros más de 300.000 suscriptores que ya están al día de todas las novedades y ofertas gracias a nuestra Newsletter