Si lo prefieres escuchar este artículo sobre cómo solicitar la devolución del IRPF de maternidad y paternidad aquí:
Si cobraste en los años 2016 o 2017 la prestación por
maternidad o paternidad, ha llegado tu momento para solicitar la devolución del
IRPF.
En este mes de enero se ha abierto la segunda fase para el reintegro del
Impuesto sobre la Renta, algo que beneficiará a más de un millón de personas.
Ya está habilitado el formulario en la página web de la Agencia Tributaria desde donde debes solicitar la devolución.
Y, si en la primera fase se suscitaron dudas acerca de si
los padres estaban o no incluidos, el Ministerio de Hacienda en esta segunda
fase lo ha dejado taxativamente claro.
Del mismo modo, ahora ha incluido a empleados públicos y profesionales
no integrados en el RETA que percibieron la prestación de mutualidades de previsión
local.
Devolución del IRPF de maternidad y paternidad
1.200 millones de euros será lo que devuelva la Administración a casi un millón de padres y madres que cobraron la prestación al tener a sus hijos y dejaron de percibir parte de la ayuda por ser retenida en el IRPF.
Así se pone en marcha la segunda fase del proceso ideado por
Hacienda que ya se inició el pasado mes de diciembre de 2018 para los que
recibieron esta misma prestación en 2014 y 2015.
Fue la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo
la que determinó que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad
Social percibidas por las mujeres trabajadoras durante el periodo de baja, 16
semanas tras el parto, adopción o acogimiento, tenían que quedar exentas del IRPF.
Posteriormente,
se hizo una interpretación extensiva para que los padres también quedaran incluidos y pudieran percibir su reintegro correspondiente.
En el Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno el pasado 28 de diciembre se establece que
también pueden acceder a la devolución dos colectivos que inicialmente habían quedado fuera:
- Empleados públicos no integrados en la Seguridad Social.
- Profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos que perciben estas prestaciones de mutualidades de previsión social.
Por lo que para estos se abre ahora el proceso para solicitar
la devolución del IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.
Cómo solicitar la devolución del IRPF de maternidad y paternidad
Tan solo de los periodos de 2014 y 2015 la Agencia Tributaria
recibió en el mes de diciembre 672.746 peticiones de reintegro. Mismo mes en el
que comenzaron las devoluciones.
La devolución media
asciende a 1.600 euros en caso de la maternidad y ronda los 383 en el caso de la paternidad.
Para agilizar y facilitar el proceso hay un
formulario on line en la página web de la Agencia Tributaria donde deberás indicar el año o años en los que se ha percibido la ayuda y el numero de cuenta donde abonar la retención debida.
No es necesario, por tanto, aportar más documentación, ni certificado adicional, ya que
la Agencia Tributaria recabará de la Seguridad Social la información de la que precise.
¿Y cómo podrás hacerlo? Tienes tres opciones para acceder al
formulario:
En caso de querer hacer la solicitud de la devolución de
forma tradicional deberás rellenar en el formulario en papel tus datos
identificativos, los de tu representante (en caso de precisarlo), los datos
sobre los años en que percibiste la prestación y los de la devolución, además
del código IBAN de una cuenta bancaria de la que seas titular y adónde se hará el
ingreso.
Lo primero que debes saber es que,
si has sufrido las retenciones por maternidad o paternidad en el pasado año, no debes hacer nada. En el periodo de la Declaración de la Renta 2018 (del 2 de abril al 1 de julio de 2019),
ya se incorporarán las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.
Si mantienes dudas sobre el proceso que debes llevar a cabo o necesitas que un especialista haga todo el papeleo por ti, incluida tu Declaración de la Renta, no dudes en
ponerte en contacto con los especialistas de Infoautónomos.