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Devolución del recibo del autónomo

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

5 minutos de lectura

Por Infoautónomos

¿Eres autónomo y la Seguridad Social te ha cobrado una cuota de autónomo por error? Pues presta mucha atención, porque te vamos a contar cómo vas a tener la oportunidad de poder recuperar tu dinero. Para ello, tienes que realizar un sencillo trámite: una solicitud de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social.

Y aunque hay multitud de casos diferentes, recuerda que siempre vas a poder reclamar, especialmente si hay constancia de que ha sido la administración la que ha cometido el fallo y dispones de documentación con la que demostrarlo. Por eso, en este artículo web te vamos a explicar todo lo que debes saber sobre las devoluciones a la Seguridad Social y cómo solicitarla paso a paso.

En este artículo web dispones de la siguiente información:

  1. Realizar una devolución a la Seguridad Social
  2. Analiza el error antes de tramitar tu devolución
  3. Cómo solicitar una devolución paso a paso
  4. Cuándo prescribe la devolución

1. Realizar una devolución a la Seguridad Social

La devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social es el derecho de cualquier persona o autónomo a la devolución total o parcial del importe de los ingresos realizados por error.

Se trata de una gestión especialmente importante y de la que tienes que estar muy pendiente, ya que con dicha devolución te va a corresponder el cobro de unos intereses de demora.

Según la Seguridad Social, todas las personas obligadas a cotizar tienen derecho a la devolución total o parcial del importe de aquellos ingresos realizados por error. Esto queda delimitado en su página web del siguiente modo:

  • Las devoluciones incluyen el interés de demora desde la fecha del ingreso en la Seguridad Social hasta la fecha de la propuesta de pago.
  • Las solicitudes de devolución de ingresos deben dirigirse a la Administración de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del obligado al pago.
  • Los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden solicitar la devolución de sus cuotas a través de la Sede Electrónica. A través de este servicio también pueden consultar el estado de tramitación de su solicitud. Para acceder, es necesario disponer de DNI electrónico o Certificado Digital.
  • Los empresarios deben solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la devolución de su aportación, así como la de sus trabajadores, debiendo reintegrársela cuando se les haga efectiva la devolución.
  • No procederá la devolución de las cuotas o recursos ingresados maliciosamente.
  • Si la persona sujeta a la devolución fuera deudora de la Seguridad Social o tuviese concedido un aplazamiento o moratoria, el importe de la devolución se aplicará a la deuda pendiente de ingreso o de amortización.
  • El derecho a la devolución de cuotas prescribe a los cuatro años, contando desde el día siguiente a su ingreso.

2. Analizar el error antes de tramitar tu devolución

Es muy importante tener bien confirmado que el error cometido no haya sido propio, sino que se trata de un error realizado por la Seguridad Social. Por eso, es fundamental que lo revises bien antes de proceder con cualquier trámite. Una vez lo hayas confirmado, podrás presentar tu solicitud de ingresos indebidos a través del modelo TC.13/1.

Para que pongas especial atención en ello, te ponemos un par de ejemplos:

Ejemplo 1: si te has dado de alta como autónomo y tienes derecho a la bonificación por tarifa plana, pero no la has percibido. En este caso, debes tener en cuenta que para acceder a tu tarifa plana como autónomo tienes que cumplir una serie de requisitos, por lo que es muy importante que compruebes bien que los cumples todos.

Ejemplo 2: si has tramitado tu baja como autónomo el mes pasado, y te cobran la cuota de autónomos del mes vigente. Ante esta situación recuerda que el plazo para solicitar la baja es de 3 días contados a partir de la finalización de la actividad.

3. Cómo solicitar una devolución paso a paso

Una vez tengas claro y confirmado que se ha cometido un error desde la administración es el momento de llevar a cabo tu solicitud de devolución. A continuación, te explicamos paso a paso cómo solicitar la devolución de la cuota de autónomos a través de la sede electrónica de la Seguridad Social:

  1. Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social.
  2. Haz clic en: Ciudadanos/Recaudación.
  3. En el listado que aparece, tienes que pinchar en “Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales”.
  4. Elige un método de acceso al trámite: Certificado electrónico; Usuario + Contraseña; Cl@ve; Sin certificado; Vía SMS.
  5. Selecciona “Solicitud de devolución de ingresos” y después haz clic en “Continuar”.
  6. Te aparecerá una nueva pantalla en la que tendrás que rellenar los datos de la solicitud y tus datos bancarios. En los datos de solicitud, es muy importante que selecciones bien el motivo por el que solicitas la devolución. Las opciones son: Pluriactividad; Duplicidad de ingreso; Baja en régimen; Nunca ha estado de alta en régimen; Error de cálculo; Beneficios en la cotización no aplicados. A continuación, pincha en “Continuar”.
  7. Llegarás a una pantalla en la que te vas a poder descargar un justificante de tu solicitud de devolución de ingresos. En el documento aparecerá un número de expediente que te va a servir para seguir el estado en el que se encuentra tu solicitud.

Cuando consultes tu solicitud, te pueden aparecer una de estas tres opciones:

  • Su solicitud se está tramitando. Próximamente recibirá la resolución en su domicilio.
  • Su expediente ha sido resuelto. Próximamente recibirá la resolución en su domicilio.
  • Su expediente ha sido resuelto.

4. Cuándo prescribe la devolución

Si se da el caso de que el error no es imputable a la Seguridad Social, tienes tres meses para solicitar tu devolución de ingresos si has pagado de más en tus cuotas de autónomo por un cobro indebido de la Seguridad Social.

Mientras que, en los casos genéricos, prescribe a los 4 años la devolución de ingresos indebidos por parte de la Seguridad Social.

Contando a partir de la fecha de solicitud, disponen de hasta 6 meses para devolverte el dinero. Una vez transcurrido dicho plazo, si no se ha dictado ninguna resolución, se da por entendido que queda desestimada.

Y si la administración manifiesta algún problema de retraso en el pago o que este no se ha producido, te recomendamos acudir a tu entidad bancaria para tener en cuenta cualquier tipo de problema que se haya podido producir en las fechas de referencia.

Ya ves que es muy importante estar muy atento a todas las gestiones económicas de tu empresa. Para que puedas tener al día todos tus trámites como autónomo sin preocupaciones, tienes a tu disposición a los profesionales expertos de la asesoría fiscal online de Infoautónomos. Te ayudamos a conseguir la tranquilidad que necesitas para sacar a tu negocio el máximo rendimiento.

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