Blog
Seguridad Social adelanta el plazo de solicitud de alta en autónomos
10 motivos para utilizar un software de facturación online en tu negocioEl calendario 2024 - 2025 previsto para la regularización de cuotas de los autónomosCómo implementar la Responsabilidad Social Corporativa en tu actividadCómo internacionalizar la comunicación de tu empresaCómo romper la resistencia a comprar de tus clientes¿Puede el autónomo acceder a la formación bonificada?Segundo plazo para solicitar la devolución del IRPF de maternidad y paternidadCómo superar el pago trimestral si facturo 1.000 eurosEl SEO en la era de la Inteligencia ArtificialLas dificultades de los autónomos para acceder a la vivienda¿Puedo tener varios negocios como autónomo?10 soluciones de ahorro en la Renta 2019Cómo encontrar el asesoramiento que necesito para montar mi negocioLas mejores apps para gestionar tu tienda¿Se puede montar un negocio entre dos autónomos?Protege tu atención y mejorarás tu productividadLey de Unidad de Mercado: más facilidades para vender en toda EspañaEl Gobierno anuncia la subida del impuesto de sociedades: ¿mayor desembolso para la pyme?Facturar a un familiar directoAyudas y subvenciones para empresas en crisis de AndalucíaLa pesadilla del SEO: cuando Google mató al lectorVentajas e inconvenientes de alquilar un local como autónomoDeudas de empresas clientes: cómo evitar que afecten a tu negocioBases de datos para Pymes: gestiona tus clientes de forma inteligentePor qué automatizar la gestión del riesgo ayuda a tu negocio5 consejos para evitar las deudas del autónomo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Seguridad Social adelanta el plazo de solicitud de alta en autónomos

Resumen > Hoy arrojamos luz sobre una medida de la nueva ley de autónomos que ha pasado desapercibida. ¿Sabes de cuánto tiempo dispones desde el 1 de enero para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos?
Calendario Para Darse De Alta En Autónomos

Actualizado el 31 de octubre de 2025

2 minutos de lectura

Por

Hoy vamos con un tema que, en el contexto de las muchas informaciones sobre la nueva ley de autónomos, ha pasado desapercibida, o lo que es más sospechoso, no se le ha dado la cobertura que merece. Nos referimos a los cambios sobre los plazos de solicitud para darse de alta en  autónomos en el Régimen Especial de la Seguridad Social.   

Las reglas del juego han cambiado estableciendo un alta previa. Antes del 1 de enero de este 2018 los trámites para empezar a trabajar como autónomo pasaban por el alta en Hacienda para poder facturar y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en un plazo de 30 días naturales desde el inicio de actividad.

Ahora cambias las tornas. Con la nueva ley, el autónomo debe darse de alta en Seguridad Social hasta 60 días antes de su alta en Hacienda e incluso simultáneamente en Seguridad Social y Hacienda. Para evitar embrollos aconsejamos esta última actuación permitida por la Administración. 

Una medida sobre alta en autónomos con poco bombo

Este era el modus operandis permitido por la Administración pero la reforma de autónomos ha endurecido el criterio. ¿Lo sabías? En caso negativo es entendible. Encontrar la novedad en la nueva ley de autónomos, publicada en el BOE el 25 de octubre de 2017, es como buscar una aguja en un pajar pero nosotros facilitamos la labor a los más "legalistas".

Hay que poner en foco en el artículo 46 y la disposición final primera de la nueva ley para darnos cuenta de la modificación del Reglamento de Afiliación, modificación recogida en el artículo 32.3.1º del mismo:

(...)Las solicitudes de alta deberán presentarse por los sujetos obligados con carácter previo al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador, sin que en ningún caso puedan serlo antes de los 60 días naturales anteriores al previsto para el inicio de aquella.(...)

Lo que significa que el autónomo ya no puede darse de alta en el RETA tras el inicio de actividad como anteriormente sino que deberá hacerlo en un plazo de hasta 60 días antes incluido el mismo día de inicio actividad.

Cómo afecta el nuevo plazo para alta en autónomos en la Seguridad Social

Ahora toca preguntarse por la causa y efecto de este adelanto de los plazos para la afiliación al RETA. Nuestra interpretación es que la Administración pretende un mayor control sobre las altas de nuevos autónomos y en concreto sobre aquellos rezagados que, por h o por b, tardan más de la cuenta en gestionar su alta en la Seguridad Social como autónomos.  

Cabe recordar que el plazo hasta el 1 de enero de 2018 consistía en 30 días tras el alta en Hacienda. Por tanto, con el criterio anterior el autónomo contaba con más margen que ahora para asentarse en el inicio de actividad. 

Plazos de Alta en el RETA

Más te vale conocer esta medida porque si sigues procediendo con la normativa anterior y realizas el alta fuera de plazo, la Administración te cobrará la cuota mensual y no la parte proporcional desde la fecha de alta. Debes tener en cuenta que la cotización no parte de la fecha de alta previa sino que tendrá efecto desde el inicio de actividad.

Bajas y variaciones en el RETA en un plazo de tres días

La reforma del Reglamento de Afiliación no solo se ciñe a las altas. A partir de 2015 el plazo para notificar bajas o modificaciones pasó a ser de tres días naturales posteriores al cese de actividad. Antes de 2015 el margen era mayor, seis días. naturales. 

Según nos informan a Infoautónomos Seguridad Social se contempla la posibilidad de baja previa cuando el sistema lo permita. Hoy por hoy no es posible.

Logo perfil Infoautónomos

marinarivero

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576