Blog
DevoluIVA, una buena solución para desgravarte todo tu IVA
Gestión de tareas: Haz esto y mejora tu impacto diario en tu trabajoVentajas e inconvenientes de alquilar un local como autónomoAutónomo: Ponte un horario de trabajoCómo ahorrar en la factura telefónica de tu negocioSaca el máximo provecho a tu perfil de LinkedIn si eres autónomo7 razones para tener una cuenta para autónomosCómo mejorar la ciberseguridad de autónomos y pymes¿Puedo cobrar el paro si antes de ser autónomo he trabajado por cuenta ajena?Cómo simplificar la contabilidad de tu negocio y ahorrar en cada repostajeÉxito en tus llamadas comerciales con información de empresasLas 7 mejores herramientas de email marketing6 cambios sobre la cotización en el RETA de la nueva ley de autónomosCómo te va a ayudar el marketing online a mejorar tu negocioCon la cotización por tramos del autónomo 7 de cada 10 pagaría menosAutónomos obligados a cotizar por cese de actividadLa filosofía de la innovación: intraemprendimiento¿Trabajar para una aseguradora siendo autónomo? Pros y contrasLa subida de la cuota de autónomos en el proyecto de Presupuestos 202220 gastos deducibles en 2019 para autónomosDía Internacional de las Pymes: los retos de la pequeña y mediana empresa en 2020Salud profesional de los autónomos: un 85 % no se cogió una baja laboral el año pasadoDescubre cómo declarar ingresos por comisiones para cumplir con HaciendaDevolver recibos: claves para no cometer erroresDeudas aplazables, y no aplazables, del autónomoSeis formas de encontrar nuevas ideas de negocioCuota Cero para autónomos de Baleares

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

DevoluIVA, una buena solución para desgravarte todo tu IVA

Actualizado el 11 de marzo de 2025

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

A muchos autónomos les suele ocurrir cada trimestre, llega el momento de hacer las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, vas a tu asesor con tus papeles y te dice que no te puedes deducir todos esos tiques de restaurantes, cafeterías o taxis para los que no tienes factura. Te suena la historia, ¿no?

Bueno, pues a partir de ahora los autónomos tenemos a nuestra disposición un novedoso servicio de recuperación de IVA basado en la emisión de facturas recapitulativas que te ayudará a deducir legalmente el IVA de esos tiques de gastos profesionales (taxis, parking, restaurantes, combustible, etc.), que muchas veces pierdes por no disponer de factura, y a disponer de facturas adecuadas para deducirte esos gastos en el Impuesto de Sociedades o el IRPF.

Su funcionamiento es muy sencillo, primero consigue tu tarjeta DevoluIVA, gratuita para usuarios de Infoautónomos. después, utilízala al pagar en los establecimientos adheridos indicando que quieres factura DevoluIVA y por último, entra en la web de DevoluIVA, accede a tu cuenta y descarga las facturas electrónicas recapitulativas de todos tus tiques de gastos.

No tendrás que hacer ninguna inversión ni pagar cuotas fijas mensuales, tan solo los cuatro euros de emisión de la tarjeta y luego una comisión sobre el IVA recuperado. Regístrate en la Comunidad Infoautónomos.

Podrás utilizarlo en los establecimientos  adheridos a la red, que puedes consultar e la web de Devoluiva, algunos son tan conocidos como la cadena VIPS o Servitaxi de Barcelona, la mayoría de momento son cafeterías, restaurantes y taxis pero pronto se ampliarà la red con gasolineras, parkings y otros establecimientos. Además existe un sistema de autofacturación para conseguir una cobertura del 100% y utilizar la tarjeta en cualquier establecimiento, el único requisito es que el proveedor disponga de email.

Además, DevoluIVA proporciona también una trazabilidad absoluta de los gastos del autónomo y de sus empleados, pudiendo visualizar y hacer seguimiento de las facturas que se generen a partir de los tiques sin tener que conservar estos en formato papel.

Las facturas electrónicas emitidas por DevoluIVA tienen plena validez legal conforma a lo establecido en el Real Decreto 1496/2003 por el que se
regulan las obligaciones de facturación y en la ORDEN EHA/962/2007
sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas.

¿Por qué se pierde ese IVA?

Al disfrutar de un servicio de taxi, bar, restaurante, parking, cafetería, etc., es práctica común que el proveedor del servicio proporcione al cliente un tique de caja, en lugar de una factura, como comprobante del gasto realizado.

Sin embargo, el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento de Facturación, permite a los empresarios sustituir la obligación de expedir factura a cambio de la emisión de tiques o documentos sustitutivos, siempre y cuando el importe de la operación no exceda de 3.000 euros IVA incluido.

No obstante, el artículo 97.1 de la Ley de IVA establece que para poder contabilizar un gasto como fiscalmente deducible en el IRPF, así como para ejercitar el derecho de deducción de las cuotas de IVA soportado, es imprescindible disponer de una factura que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 6 del Reglamento de Facturación.

En otras palabras, un autónomo que en el ejercicio de su actividad profesional incurra en gastos de taxis, bares, restaurantes, parkings, cafeterías, etc., y solo disponga de justificantes de pago en forma de tiques de caja, no podrá contabilizar dichos gastos como fiscalmente deducibles en su declaración de IRPF, ni tampoco deducirse el IVA soportado en los mismos, a menos que disponga de la factura correspondiente.

Dada la incomodidad de solicitar factura en puntos de servicio tales como taxis, restaurantes, parkings, etc., la mayoría de autónomos y profesionales en general optan por no realizar este trámite, lo que resulta en un importe de IVA deducible no recuperado por las empresas y autónomos españoles de más de 1.000 millones de € anuales.

Validez de las facturas posteriores al servicio

La mayoría de autónomos desconocen que existe la posibilidad de emitir facturas con posterioridad a la prestación del servicio que sustituyan a los tiques previamente emitidos. De acuerdo al Reglamento de Facturación, dichas facturas tienen la consideración de “facturas recapitulativas”.

En este sentido, el artículo 11 del Reglamento de Facturación establece que podrán incluirse en una sola factura distintas operaciones realizadas en distintas fechas para un mismo destinatario, siempre que las mismas se hayan efectuado dentro de un mismo mes natural.

Por lo tanto, sí que es posible sustituir un tique o varios tiques por una factura recapitulativa de las operaciones documentadas en ellos, siempre y cuando los tiques, a los cuales la factura sustituye, se hayan emitido dentro de un mismo mes natural.

Dicha factura recapitulativa deberá ser emitida dentro del mes siguiente al mes de referencia de las operaciones y antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación del impuesto.

Por ejemplo, suponiendo que tanto un restaurante como la empresa destinataria del servicio declaran e ingresan el IVA en períodos trimestrales, si el restaurante tiene que emitir la factura de marzo, no tendrá plazo hasta el día 30 de abril, sino que deberá emitir la factura antes del día 16, de forma que tanto el restaurante como el destinatario declaren el IVA repercutido y soportado en el primer trimestre del ejercicio.

Sin duda un producto que puede ser interesante para los autónomos.

Regístrate en la Comunidad Infoautónomos si todavía no lo has hecho y disfruta de todo el contenido.

Logo perfil Infoautónomos

Infoautónomos

S.L.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576