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Impuesto de Sociedades: ¿progresivo o proporcional?

Impuesto Sociedades progresivo o proporcional

Actualizado el 20 de marzo de 2026

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Cuando se habla del Impuesto de Sociedades suele decirse que “tiene un tipo fijo”, pero la realidad es algo más compleja.

Y es que conviven un tipo general, tipos reducidos y, para algunas empresas muy pequeñas, una escala por tramos.

Por eso, para ayudarte a entender conceptos, vamos a repasar qué es el Impuesto de Sociedades y aclararemos si funciona como un impuesto progresivo o proporcional.

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En qué consiste el Impuesto de Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades grava los beneficios obtenidos por determinadas entidades, principalmente sociedades mercantiles (S.L., S.A.), pero también otras figuras (cooperativas, asociaciones en ciertos casos, etc.).

En la práctica, el impuesto se calcula así:

  1. Partimos del resultado contable: lo que “gana” la empresa según su contabilidad.

  2. Lo ajustamos con correcciones fiscales para llegar a la base imponible: por ejemplo, gastos que contablemente existen pero fiscalmente no son deducibles, límites a compensaciones, etc.

  3. Aplicamos el tipo de gravamen para obtener la cuota íntegra.

  4. Y finalmente se restan las bonificaciones y deducciones (I+D+i, doble imposición, incentivos, etc.), y llegamos a la cuota a pagar.

El Impuesto sobre Sociedades se liquida normalmente por periodos anuales (habitualmente el ejercicio contable) y tiene reglas propias sobre bases negativas, incentivos y regímenes especiales.

La normativa que lo regula es la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.

¿El impuesto de Sociedades es progresivo o proporcional?

Aunque pueden existir muchas y variadas situaciones, la idea general que debes tener en cuenta es:

  • Para muchas empresas, el Impuesto de Sociedades funciona como un impuesto proporcional, porque aplican un tipo fijo sobre la base imponible (por ejemplo, el 25 % como tipo general).

  • Pero no siempre es un único tipo: existen tipos reducidos y, en el caso de determinadas micropymes, una escala por tramos, lo que introduce un componente progresivo dentro del propio impuesto.

¿Qué es un impuesto progresivo? ¿Y un impuesto proporcional?

Y ahora vamos a ver la diferencia entre un impuesto progresivo y uno proporcional, para tener esto algo más claro:

Impuesto progresivoImpuesto proporcional
El tipo efectivo sube a medida que aumenta la base. Suele hacerse con tramos (por ejemplo, “hasta X, pagas A%; de X a Y, pagas B%…”). Ahora bien, en los impuestos por tramos, normalmente no pagas el tipo alto por todo, sino solo por la parte que cae en ese tramo.(También llamado “tipo único”): se aplica el mismo porcentaje a toda la base. Si el tipo es del 25 %, pagas ese 25 % tanto si la base es 10.000 euros como si es 1.000.000 euros (salvo ajustes, deducciones o regímenes especiales).

Progresivo o proporcional no es exclusivo del Impuesto de Sociedades

Para terminar, queremos aclararte que el hecho de ser progresivo o proporcional no es algo exclusivo del Impuesto de Sociedades, ya que esta clasificación se usa en muchos impuestos:

  • IRPF: es el ejemplo típico de impuesto progresivo, con tramos crecientes según la renta.

  • IVA: suele considerarse “proporcional” en su mecánica (aplicas un tipo sobre el consumo), aunque en España hay tipos distintos (general, reducido, superreducido), lo que complica la etiqueta.

  • Cotizaciones, IBI, tasas: pueden ser más “proporcionales” o “casi proporcionales” según cómo se calculen (cuota fija, porcentaje, bases, topes).

Por eso, cuando escuches “progresivo” o “proporcional” piensa en cómo cambia (o no cambia) el tipo cuando la base crece.

En el Impuesto de Sociedades, la foto general es proporcional, pero con excepciones relevantes (tipos reducidos y tramos para micropymes, entre otros).

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