Blog
La Seguridad Social podrá embargar sin límite las cuentas de las empresas que no cumplan con sus obligaciones sociales
El Consejo de Ministros aprueba la “licencia exprés” que permitirá la apertura de comercios en 24 horasLos errores más habituales por los que Hacienda multa a los autónomosDeducción por vivienda habitual en la Renta 2017Morosidad y problemas de financiación para autónomosLa Inspección de Trabajo no obliga al registro de horas en las empresasRequisitos para solicitar al IMSERSO tu cheque de 525 euros si eres autónomo jubiladoNueva ley de autónomos: coberturas por accidente in itinerePor qué tu primera cuota de autónomos de 2020 es un 1% más caraFinanciación alternativa para autónomos: el crowdlendingCómo realizar una inyección de capital en tu empresaRenting flexible para autónomos: la solución eficiente y adaptable a todas las necesidadesLa controversia del programa de emprendedores de Jordi Évole: #emperdedoresCómo afecta a los autónomos el aumento de las cotizaciones para reformar las pensionesLetra pequeña, vacíos legales y ausencias en las medidas para autónomos por el COVID-19Neuromanagement: Gestión Empresarial eficaz para autónomos¿Tu empresa da beneficios y tú no has visto ni un euro?Cómo solicitar la jubilación anticipada del autónomoVender un negocio: 3 preguntas básicas antes de tomar la decisiónCómo saber si tu negocio cumple con el Reglamento de Protección de DatosLas citas del autónomo con Hacienda hasta final de añoEste es el único caso en que puedes ser autónomo a tiempo parcial¿El inicio de un régimen sancionador contra la morosidad?7 consejos para trabajar desde casa10 soluciones de ahorro en la Renta 2019Autónomo o asalariado: ¿quién obtiene más liquidez?Empleados "multitarea" : Ventajas y desventajas para la pyme

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

La Seguridad Social podrá embargar sin límite las cuentas de las empresas que no cumplan con sus obligaciones sociales

Actualizado el 20 de febrero de 2013

1 minutos de lectura

Por Estefanía

Desde el próximo 1 de marzo, acumular deudas con la Seguridad Social será una práctica muy poco recomendable tanto para empresas como para particulares que no estén al día en el cumplimiento de los pagos con la entidad.

Según la resolución publicada el pasado 4 de febrero en el BOE, desde el día 1 de marzo de 2013 la Tesorería General de la Seguridad Social se reserva el derecho de embargar de forma autómática y con independencia de la cuantía de la deuda las cuentas bancarias de sus acreedores.

Hasta ahora, éste tipo de embargos automáticos sólo eran posibles cuando la deuda superaba los 4.000 €. Si la cuantía era inferior, la Seguridad Social debía presentar por escrito una diligencia de embargo en la sucursal bancaria, lo que incurría en largos plazos de espera. Sin embargo, con la nueva medida, se pretende agilizar el cobro de las deudas, lo que refleja una clara necesidad recaudatoria por parte del ente público.

Entre las modificaciones que introduce esta resolución destaca, además, la rebaja a una periodicidad de 20 días naturales el plazo por el que la Seguridad Social puede solicitar la identificación e información sobre los deudores a las entidades bancarias.

Además, la medida acelerará los plazos de tramitación de los procedimientos de embargo. De ésta forma, el plazo en el que los bancos han de comunicar el resultado de las actuaciones llevadas a cabo en virtud de las diligencias de embargo se reduce a dos días, mientras que la comunicación del resultado final del embargo habrá de realizarse en los dos días posteriores a la finalización del plazo de retención.

Sin embargo, aún no sabemos cómo afectará ésta medida al colectivo de autónomos en particular ya que, hace escasas semana, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció medidas dirigidas a paliar los efectos negativos del impago de las deudas con Seguridad Social y evitar la ejecución de los bienes inmuebles que constituyen la vivienda habitual de los autónomos, aunque no hizo referencia a otro tipo de bienes, como pueden ser las cuentas bancarias.

En cualquier caso, cabe recordar la posibilidad de solicitar un aplazamiento de la deudas con la Seguridad Social para evitar éstos posibles embargos telemáticos y otras sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones sociales de autónomos y empresas.

Imagen: FreeDigitalPhotos

Logo perfil Infoautónomos

Estefanía

Blasco Nieto

Estefania Blasco

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576