Blog
La Seguridad Social podrá embargar sin límite las cuentas de las empresas que no cumplan con sus obligaciones sociales
Cuentas anuales o cómo fijar tus objetivos de ventasEl Compliance: qué es y cuáles son sus ventajasCómo te puede ayudar la calculadora de interés compuesto si eres autónomoMarcas Comunitarias e Internacionales: qué son, cómo se solicitan y cuáles son sus ventajas6 cambios sobre la cotización en el RETA de la nueva ley de autónomosCómo gestionar la falta puntual de liquidez si eres autónomoLas 4 mejores herramientas de diseño para no diseñadoresReinventarse como autónomo puede tener ventajas fiscales¿Cómo puedo salir del Bureau de crédito?El acceso al cese temporal de actividad no exige baja en Seguridad Social y Hacienda¿Autónomo con varias actividades económicas? Estas son tus obligacionesCómo tributa la prestación extraordinaria por cese de actividad en el IRPF del autónomoPon un Chicote en tu empresaEl Gobierno da a conocer su propuesta de cotización por tramos para los autónomosClaves del emprendimiento juvenil: objetivos, beneficios y trabasLa deducción del 20 % en tu Declaración de la Renta si te diste de alta como autónomo en 2023Atención a las multas que puedes recibir de Hacienda por olvidos y fraudesModelo 111, ¿lo puedo presentar con retraso?Gestión documental en la nube: imperativo legal para pymes y autónomos¿Sabías que existe una herramienta gratuita para detectar brechas en la seguridad de tu empresa?¿Por qué la pensión media de los autónomos no llega a 650 euros? La importancia de planificar la jubilaciónCómo funciona Snapchat para empresasLas 10 cualidades principales que debe tener todo buen emprendedorCómo contabilizar un préstamo bancario si eres autónomo¿A qué edad estamos preparados para asumir el riesgo de emprender?Aumentar la base de cotización por embarazo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

La Seguridad Social podrá embargar sin límite las cuentas de las empresas que no cumplan con sus obligaciones sociales

Actualizado el 20 de febrero de 2013

1 minutos de lectura

Por Estefanía

Desde el próximo 1 de marzo, acumular deudas con la Seguridad Social será una práctica muy poco recomendable tanto para empresas como para particulares que no estén al día en el cumplimiento de los pagos con la entidad.

Según la resolución publicada el pasado 4 de febrero en el BOE, desde el día 1 de marzo de 2013 la Tesorería General de la Seguridad Social se reserva el derecho de embargar de forma autómática y con independencia de la cuantía de la deuda las cuentas bancarias de sus acreedores.

Hasta ahora, éste tipo de embargos automáticos sólo eran posibles cuando la deuda superaba los 4.000 €. Si la cuantía era inferior, la Seguridad Social debía presentar por escrito una diligencia de embargo en la sucursal bancaria, lo que incurría en largos plazos de espera. Sin embargo, con la nueva medida, se pretende agilizar el cobro de las deudas, lo que refleja una clara necesidad recaudatoria por parte del ente público.

Entre las modificaciones que introduce esta resolución destaca, además, la rebaja a una periodicidad de 20 días naturales el plazo por el que la Seguridad Social puede solicitar la identificación e información sobre los deudores a las entidades bancarias.

Además, la medida acelerará los plazos de tramitación de los procedimientos de embargo. De ésta forma, el plazo en el que los bancos han de comunicar el resultado de las actuaciones llevadas a cabo en virtud de las diligencias de embargo se reduce a dos días, mientras que la comunicación del resultado final del embargo habrá de realizarse en los dos días posteriores a la finalización del plazo de retención.

Sin embargo, aún no sabemos cómo afectará ésta medida al colectivo de autónomos en particular ya que, hace escasas semana, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció medidas dirigidas a paliar los efectos negativos del impago de las deudas con Seguridad Social y evitar la ejecución de los bienes inmuebles que constituyen la vivienda habitual de los autónomos, aunque no hizo referencia a otro tipo de bienes, como pueden ser las cuentas bancarias.

En cualquier caso, cabe recordar la posibilidad de solicitar un aplazamiento de la deudas con la Seguridad Social para evitar éstos posibles embargos telemáticos y otras sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones sociales de autónomos y empresas.

Imagen: FreeDigitalPhotos

Logo perfil Infoautónomos

Estefanía

Blasco Nieto

Estefania Blasco

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576