Blog
El Supremo libra a las empresas del registro de horas de sus trabajadores
¿El autónomo de baja tiene que seguir pagando la cuota?Consigue el mejor precio para tu conexión internet USB¿Cuánto cuesta contratar un trabajador?Del multicanal al omnicanal: Claves de futuro para el éxito de un ecommerce¿Puedo contratar a un hijo menor de 30 como asalariado?Cómo elegir un vehículo para mi negocio¿Cómo elegir el naming de tu empresa? Consejos prácticos5 estrategias para no acabar peleando con tu socioMultas de 500 euros para los autónomos que no lleven estos documentos en el cocheCómo pasar de autoempleo a empresa. Vete de vacaciones y sigue generando dineroEl calendario 2024 - 2025 previsto para la regularización de cuotas de los autónomosCómo implementar una estrategia de precios para tus productos o serviciosRetenciones del IRPF de los autónomos: Seguirán siendo del 21% en 2014¿Vas a emprender? Descubre qué es el Documento Único ElectrónicoLos epígrafes IAE para las profesiones digitalesSaca el máximo provecho a tu perfil de LinkedIn si eres autónomoLa tarifa plana de 50 euros para autónomos no se aplica a los administradores de sociedades¿Qué impuestos tiene que pagar un influencer en España?El Efecto Zeigarnik o cuando solo piensas en las tareas pendientesAsociación de Inversores y Emprendedores de InternetEl futuro del trabajo y el autónomoLos autónomos piden más deducciones de los gastos de su cocheTipos de interés : ¿Cómo afectará la bajada a tu negocio?La crisis y los autónomos: 3 años y un 9% menos de afiliadosAprende a categorizar los gastos de tu empresaAutónomos con devolución por cese de actividad

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

El Supremo libra a las empresas del registro de horas de sus trabajadores

Resumen > La empresas no están obligadas a controlar y documentar la jornada de sus trabajadores en plantilla. Así ha sentenciado el Tribunal Supremo contradiciendo el dictamen previo de la Audiencia Nacional. ¿Qué supone esta decisión para las pymes en España? Lo abordamos.
Registro De Horas
profile picture for marinarivero

Actualizado el 15 de enero de 2025

1 minutos de lectura

Por

Los sistemas de control de horas ordinarias  implantados en empresas y negocios parecen tener los días contados. Hace tan solo unas semanas el Tribunal Supremo se pronunciaba sobre el seguimiento de la jornada diaria de los trabajadores. Según una sentencia dictada el pasado 23 de marzo del presente por éste órgano judicial las empresas no están obligadas al registro de las horas ordinarias de su plantilla y sí de las extraordinarias ante la Inspección de Trabajo.

Distintas interpretaciones del Estatuto de los Trabajadores (ET)

La sentencia del Tribunal Supremo viene a anular un dictamen anterior de la Audiencia Nacional sobre el caso Bankia que establecía la responsabilidad de las empresas en el control de la jornada conforme al artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y con el objetivo de diferenciar las horas extraordinarias,  evitar economía sumergida,  distribución irregular de jornada o pagos pocos ortodoxos de horas extra.

El texto del estatuto mencionado viene a decir lo siguiente:  

A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

¿Cuál es la interpretación más acertada?

De cualquier forma, ahora y conforme a la nueva lectura que realiza el Tribunal Supremo, las más 1.290.000 pymes inscritas en la Seguridad Social en febrero de este año se librarán, por el momento, de este seguimiento de la jornada de sus trabajadores. Y decimos por el momento ya que el Supremo insta a una reforma legislativa que haga expresa la obligatoriedad del registro.

Falta leve frente a falta grave

A la espera de que se pronuncie el Ministerio de Trabajo ante la sentencia y las directrices que éste realice a la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo la falta de control de horas ya no constituirá infracción por parte de la empresa, con multas que, según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (Lisos), sino que será una falta leve.

El nuevo rumbo que lleva el registro de horas supone menos cargas para la empresa pero puede ser un arma de doble filo cuando se trate de determinar las horas extra de los trabajadores de empresas. En Infoautónomos ponemos a tu disposición un plantilla de registro de jornada para que puedas documentarlas. 

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….