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¿Qué es el plus de convenio y cuándo se aplica?

Plus de convenio
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Actualizado el 20 de febrero de 2025

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Si lo prefieres, puedes escuchar este post sobre el plus de convenio pinchando aquí:

La mayoría de trabajadores por cuenta ajena encontrarán en su nómina uno o varios complementos salariales.

Destacan los de antigüedad, peligrosidad, turnicidad o productividad.

Entre esos completos también encontramos uno de los más comunes: el plus de convenio.

En él profundizaremos a continuación.

Te contaremos en qué consiste, cuándo se aplica y cómo se calcula.

¿Qué es el plus de convenio?

El plus de convenio es un complemento salarial establecido en los convenios colectivos que se añade al salario base de los trabajadores.

Su objetivo es ofrecer una ayuda directa que se refleja a través de la mejora salarial.

Este plus se calcula generalmente en función del salario base o como un porcentaje del mismo.

Su cuantía y las condiciones específicas dependen del convenio colectivo aplicable a cada sector o empresa.

Características del plus de convenio

Estas son las tres características clave del plus de convenio:

Debe aparecer en el convenio colectivo

El trabajador sólo tendrá derecho a cobrar este plus si se detalla en el convenio colectivo de referencia.

Las condiciones específicas del plus de convenio, como su cuantía y forma de cálculo, también estarán determinadas por dicho convenio.

Por tanto, una de sus características es que puede variar entre sectores e incluso entre empresas del mismo sector.

En cualquier caso, todo dependerá de lo fijado en el colectivo correspondiente.

No está vinculado al rendimiento del trabajador

A diferencia de otros complementos salariales, el plus de convenio no se asocia con el desempeño individual del trabajador, sino que se aplica de manera uniforme a todos los empleados que se rigen por el mismo convenio.

Corresponde con una cantidad fija

El plus de convenio “no varía” salvo que se modifique el convenio.

Se trata de una cantidad estable que se abona regularmente, ya sea diaria, semanal o mensualmente, según lo estipulado.

¿Cómo se calcula el plus de convenio?

Para calcular el plus de convenio es necesario seguir estos pasos:

  • Consultar el convenio colectivo: este es el punto más importante. Revisa el convenio aplicable para conocer detalles como la base de cálculo, el método de cálculo y los periodos de devengo.

  • Identificar el tipo de plus: determina si el plus se calcula por día trabajado, por hora, de forma mensual o proporcional al salario base. Este dato será clave para realizar un cálculo correcto.

  • Obtener los datos: recopila toda la información necesaria, como el salario base del trabajador, el número de días u horas trabajadas en el periodo de liquidación o el tipo de plus aplicable.

  • Realizar el cálculo: aplica la fórmula correspondiente según el tipo de plus. Por ejemplo, si es un plus por día trabajado, multiplica el importe diario del plus por el número de días trabajados en el periodo de liquidación.

Pago del plus de convenio en la nómina

El plus de convenio se refleja en la nómina del trabajador como un concepto retributivo adicional al salario base.

Aparece en el apartado de devengos junto con otros complementos salariales.

Su importe se suma al salario base para conformar la retribución total del empleado.

Este concepto debería estar claramente identificado en la nómina para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales.

¿En qué situaciones se aplica el plus de convenio y en cuáles no?

El plus de convenio se aplica en estos casos:

  • Durante la jornada laboral ordinaria: se abona por las horas o días trabajados, según lo establecido en el convenio colectivo.

  • Vacaciones: generalmente, el trabajador tiene derecho a percibir el plus de convenio durante el periodo de vacaciones, ya que se considera una retribución ordinaria.

El plus de convenio no se abona en las siguientes situaciones:

  • Días festivos y descansos semanales: al estar vinculado al tiempo trabajado, no se paga en días no laborables.

  • Bajas por incapacidad temporal, maternidad o paternidad o riesgo en el embarazo: durante estos periodos, el contrato de trabajo se encuentra suspendido, por lo que no se devengará el plus de convenio.

  • Ausencias no retribuidas: en general, si el trabajador se ausenta sin derecho a retribución, no percibirá el plus de convenio correspondiente a esos días. 

Es importante tener en cuenta que, aunque el plus de convenio puede ser suprimido, su eliminación debe estar plenamente justificada por causas objetivas relacionadas con la situación económica, organizativa o productiva de la empresa.

En definitiva, es fundamental que tanto los empleadores como los empleados consulten el convenio colectivo para conocer los detalles del plus de convenio.

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