Blog
Nueva ley de autónomos: bonificaciones por contratación de familiares
La cotización a tiempo parcial del autónomo bloqueada hasta 2019Always Be Helping: el lema de tu estrategia de ventasPrórroga de los ERTE por fuerza mayor y la exoneración de seguros sociales hasta el 30 de junioConsenso entre UPTA y ATA para un sistema de cotización por ingresos¿Empresario o profesional autónomo?: diferencias fiscalesQué debes tener en cuenta para ser autónomo freelanceTED Talks, las conferencias de las ideas¿Cómo conseguir financiación sin recurrir al banco?MásMóvil: "Los españoles están más preparados y tienen más talento que muchos otros europeos"La Gig Economy o el modelo imperante del trabajo freelanceLos autónomos dependientes (TRADE) podrán acceder al cese de actividadEl timo de la mujer trabajadora: opción CAsí puedes solicitar el NIF de tu empresaCombatir la morosidad: las pymes crean un sello de "buen pagador"¿Está tu negocio adaptado al Reglamento General de Protección de Datos?Cómo y cuándo acogerte a la reducción del 20% en el IRPF por inicio de actividad#yosoyautónoma: Mujer, autónoma y pisando fuerte5 habilidades para ser un profesional competitivo en 2020¿Realmente está más cerca la tarifa plana para el autónomo societario?Te ayudamos a elegir el mejor seguro de jubilación para autónomosUsa las redes sociales para encontrar trabajadoresCrisis del COVID-19: estas son las nuevas ayudas para autónomos y pymesEl mediador o cómo solucionar los conflictos de tu negocio sin llegar al JuzgadoTécnicas de productividad para trabajadores autónomosLimitación de responsabilidad patrimonial a los autónomos que fracasen en sus negociosEl 41% de los autónomos en Aragón es de larga duración

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Nueva ley de autónomos: bonificaciones por contratación de familiares

Resumen > Abordamos el derecho del autónomo a la bonificación del 100% durante un año de la cuota por contingencias comunes en caso de contratación indefinida de un familiar. Se trata de una de las novedades que incorpora la recién aprobada ley de autónomos.
Contratación De Familiares

Actualizado el 18 de octubre de 2017

2 minutos de lectura

Por

¿Eres autónomo y estás pensando en incorporar a tu plantilla a tu hermano, tu cónyuge o tu propio hijo? La recién aprobada ley de autónomos establece una bonificación del 100%  sobre la cuota por contingencias comunes durante todo un año en caso de contratación indefinida de un familiar o pariente por consaguinidad o afinidad de hasta segundo grado.

Para acogerse a esta nueva ayuda a la contratación de familiares, que trae consigo la reforma y entrará en vigor un día después de la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), han de cumplirse dos requisitos establecidos por la propia ley.

  • Que en los 12 meses anteriores a la contratación del familiar el empleador no haya despedido a ningún trabajador de la plantilla de forma improcedente.
  • Mantener el nivel de empleo en la empresa durante los seis meses posteriores a la realización del contrato. En este caso no se tendrán en cuenta los contrato extinguidos por causas objetivas o despidos disciplinarios que no han sido declarados improcedentes.

Es importante no pasar por alto lo que en dicha ley puede dar lugar a error.

Tal y como queda redactado el texto aprobado en el Senado, la nueva ley habla de “bonificación total de la cuota en caso de contratación indefinida por parte del trabajador autónomo  como trabajadores por cuenta ajena del cónyuge, ascendiente, descendientes y parientes de hasta segundo grado de consiguinidad y afinidad (…)”. Y es precisamente  la relación entre cónyuge y contratación como trabajador por cuenta ajena donde surge la confusión. Para entenderlo, es importante saber que hoy por hoy, la Seguridad Social prohíbe contratar como asalariado a un familiar que conviva en el mismo domicilio que el titular autónomo, existiendo para estos casos, la figura del autónomo colaborador.  ¿Supone la medida cambio alguno en este sentido?

Realmente no. Los requisitos para contratar a un familiar de hasta segundo grado como asalariado continúan como hasta ahora.

Sí hay que hacer especial hincapié en el supuesto particular de los hijos.  En este caso tanto la actual Ley General de la Seguridad Social como el Estatuto del Trabajador sí permiten la contratación por cuenta ajena de los hijos menores de 30 años aunque convivan en el hogar familiar.

Facilidades para la contratación de familiares: hijos con discapacidad

También en materia de contratación de hijos la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo modifica los apartados del Estatuto del trabajo autónomo  y de la Ley General de la Seguridad Social que hablan de la contratación de los hijos con discapacidad. La nueva ley añade un nuevo grupo de discapacidad a los dos ya existentes.

  • Personas con discapacidad física o sensorial, con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, siempre que causen alta por primera vez en el sistema de la Seguridad Social.

A efectos prácticos, y teniendo en cuenta de que ya existía la posibilidad de contratar hijos con discapacidad mayores de 30 años, esta incorporación de la nueva ley no supone un cambio destacable en esta materia.

Habrá que esperar a la publicación en el BOE de la nueva ley y al reglamento de desarrollo para conocer de una forma más concreta las particularidades de las medidas que introduce.

Logo perfil Infoautónomos

marinarivero

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576