Blog
La nueva interpretación sobre la cuota de los autónomos de baja laboral desde 2018
Cambia tu tiempo por dinero y complementa tu actividad como autónomoCómo declarar el IRPF de un trimestre sin ingresosLas 10 mejores apps de control horario para autónomos¿Problemas de liquidez? Solicita un aplazamiento de tus cuotas de autónomo a la Seguridad Social¿Cómo aparecer en Google gratis?¿Estás en deuda con la Seguridad Social y a punto de jubilarte como autónomo? Esto es lo que te esperaResumen de novedades en 2017 para autónomos y pymesCotizar más... cotizar menos... cuándo, cómo y por qué5 consejos para aumentar la eficiencia como autónomoSe endurece el acceso a la jubilación del autónomo en 2020Cómo exportar productos a ChinaDespido en pluriactividad y derecho a paro¿Cuánto tiempo tarda un autónomo en cobrar sus facturas?Usa las redes sociales para encontrar trabajadoresResumen de novedades para el autónomo en 2015Extinción y prescripción de deudas tributariasCómo puedo averiguar si aparezco en ASNEF7 razones para tener una cuenta para autónomos4 posibles medidas laborales que afectarán al autónomo con trabajadores¿Por qué tener una oferta gratuita?Venta ambulante: la tradición como nueva alternativa de autoempleoTienes el mapa del tesoro para llegar a tu financiación8 consejos de supervivencia para emprendedoresPor qué tu primera cuota de autónomos de 2020 es un 1% más caraCoronavirus: las implicaciones del cese temporal de la actividadLas 20 propuestas de OPA para mejorar la situación de los autónomos

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

La nueva interpretación sobre la cuota de los autónomos de baja laboral desde 2018

Resumen > ¿Quién se va a hacer cargo finalmente de la cuota de autónomos por baja laboral en 2018?, ¿los autónomos o la Mutua? En este post tienes la respuesta
Cuota De Autónomos Por Baja Laboral
profile picture for marinarivero

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por

ACTUALIZADO 10/04/2019 : En los últimos días Seguridad Social ha incluido una condición para que los autónomos de baja antes del 1 de enero de 2019 puedan acogerse a la medida que a continuación se detalla, dificultando el acceso a la misma. Solo aquellos autónomos de baja laboral desde antes del 1 de enero de 2019 que cotizaran en la fecha de baja por cese de actividad (cotización voluntaria entonces) podrán dejar de pagar cuota de autónomos a los 60 días de baja contados a partir del 1 de enero de 2019.

A comienzos de año nos hacíamos eco de que los autónomos que se encontraran de baja laboral antes del 1 de enero de 2019 no se podían beneficiar de la que probablemente sea la medida más destacada en materia de cotización del autónomo de este año: el pago de la cuota de autónomos por parte de la Mutua a partir de los 60 días de situación de Incapacidad Temporal.

¿Quién se va a hacer cargo de la cuota de autónomos por baja laboral en 2018?

El Real Decreto-Ley 28/2018 modificaba el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social referido a la cotización durante la situación de incapacidad temporal, y por contingencias profesionales. El apartado dos introducía que el pago efectivo de las cotizaciones de los trabajadores autónomos en periodo de baja laboral pasados los 60 días lo asumía el servicio público de empleo pero no ponía fecha a estas bajas. La falta de concreción daba lugar a que Seguridad Social siguiera cobrando la cuota de autónomos a quienes estuvieran ya de baja el 1 de enero de 2019.

Ahora, con la publicación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, la Administración se ha visto obligada a cambiar de criterio. La disposición transitoria segunda viene a clarificar la situación frente a lo que define como dudas interpretativa de aplicación y finalmente establece lo siguiente:

(...) Con independencia de la fecha del hecho causante de la incapacidad temporal, el abono de las cuotas procederá exclusivamente desde el 1 de enero de 2019, en su caso, siempre que el vencimiento de los 60 días se haya producido estando en vigor el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. (,,,)

Esta cambio de sentido repercutirá de forma positiva en aquellos autónomos que pese a haber cesado temporalmente la actividad continúan haciendo frente a su cuota de autónomos; previsiblemente muchos de ellos ya no tendrán que hacer encaje de bolillos para pagar su cuota de marzo sino que será su Mutua la que se haga cargo de ello. Esto significa que en ningún caso el autónomo va a dejar de cotizar durante el tiempo que dure la situación de baja laboral.

Ahora bien, desde Seguridad Social apuntan que la cuota de autónomos no se va a dejar de cargar en la cuenta bancaria de los autónomos que puedan beneficiarse de esta medida sino que la gestión de abono de la cuota recaerá en la Mutua. Por ello, instan al autónomo a ponerse en contacto con su Mutua para los trámites derivados.

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….