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Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional

Resumen >

Para los autónomos es obligatorio elegir una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con la que cubrir la Incapacidad Temporal por contingencias comunes, contingencias profesionales o cese de actividad.

Actualizado el 14 de junio de 2023

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

En éste artículo sobre las mutuas de accidentes para autónomos veremos:

  1. ¿Qué son las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales?
  2. ¿Es obligatorio que gestione la cobertura de las prestaciones con la Mutua?
  3. ¿Qué prestaciones gestiona la mutua?
  4. ¿Tengo que pagar directamente a la Mutua por mi cotización?
  5. ¿Cuáles son las mutuas disponibles?

1. ¿Qué son las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales?

Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales son asociaciones empresariales colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, sin ánimo de lucro y que requieren de autorización de la Administración competente.

Las Mutuas son las encargadas de gestionar las prestaciones derivadas de Incapacidad Temporal tanto contingencias comunes como contingencias profesionales de los autónomos así como la gestión de la cobertura por cese de actividad o paro de autónomos

2. ¿Es obligatorio que gestione la cobertura de las prestaciones con una Mutua?

Actualmente es obligatorio cubrir las contingencias obligatorias, comunes y profesionales, así como el cese de actividad (salvo excepciones) con una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

¿Cuándo tengo que formalizar mis coberturas con la Mutua?

Al darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), obligatoriamente en el mismo formulario TA0521 o en el alta online como autónomo.

Tienes que elegir con qué Mutua deseas proteger las contingencias, coincidiendo la entrada en vigor de su cobertura con el de alta como autónomo.

Es necesaria la formalización de la protección, también la de cese de actividad, con la propia Mutua elegida; una formalización mediante la suscripción del documento de adhesión a la misma.

¿Qué es el documento de adhesión?

El documento de adhesión es necesario para la formalización con la mutua. Tiene una vigencia temporal de un año, prorrogable por períodos anuales, salvo denuncia expresa debidamente notificada antes del 1 de octubre del ejercicio anterior al que haya de surtir efecto la adhesión.

El documento de adhesión a la Mutua es un documento que contiene los siguientes datos:

  • Los derechos y deberes del trabajador y de la mutua.
  • La fecha y hora en que nace y se extinguen los efectos de la adhesión
  • Los datos personales del trabajador
  • El régimen y número de Seguridad social del trabajador.
Conviene aclarar que la firma del documento de adhesión no te convierte en mutualista, la adhesión es solo a efectos de obtener las prestaciones ecónomicas por las que cotizas.

3. ¿Qué prestaciones gestiona la Mutua?

Por contingencias comunes, tu Mutua te cubre las siguientes prestaciones:

  • La prestaciones del autónomo con cobertura económica y asistencia sanitaria por Incapacidad Temporal (subsidio en período de baja), que se produce como consecuencia de un accidente no laboral o enfermedad común, es decir, aquellas enfermedades que no sean consecuencia de tu puesto de trabajo. 
  • La prestación por riesgo durante el embarazo y lactancia.
Por contingencias profesionales, es decir, las derivadas de accidentes o enfermedades producidas en el trabajo o a causa del mismo.

En estos casos, la Mutua te cubre las siguientes prestaciones:

  • Prestación económica y asistencia sanitaria por accidente de trabajo.
  • Prestación económica y asistencia sanitaria por enfermedad profesional
Por cese de actividad: 

  • Prestación económica en el periodo correspondiente que va en función del tiempo de cotización del autónomo. 
En nuestro artículo sobre bases y tipos de cotización puedes consultar el coste que suponen estas cotizaciones.

4. ¿Tengo que pagar directamente a la Mutua por mi cotización? 

Las Mutuas se financian a través de las cuotas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que recauda para ellas la Tesorería General de la Seguridad Social y un porcentaje de la cuota por contingencias comunes, contingencias profesionales y cese de actividad.

Por tanto en la cuota mensual que pagas como autónomo a la Tesorería de la Seguridad Social va incluido el importe que se paga a tu Mutua. 

¿Es posible tener distinta mutua para contingencias comunes que para las profesionales?

La cobertura de las contingencias profesionales tienes que llevarla a cabo con la misma Mutua con la que hayas formalizado la Incapacidad Temporal.

5. ¿Cuáles son las Mutuas disponibles?

A continuación, puedes consultar las principales mutuas disponibles:

E igual que confías en una mutua para tu seguridad, confía en un equipo de asesoría para la gestión fiscal, contable y laboral de tu negocio.

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