Blog
Cambios en la cotización de los pagos en especie
Última oportunidad para cambiar de base de cotización a partir de enero7 Ideas de negocio que triunfarán tras el Covid-19Gastos deducibles del autónomo 2019. InfografíaVentajas fiscales de un vehículo eléctrico4 claves para elegir una asesoría online con éxito¿Necesitas un cambio de asesoría? Esto te interesa¿Cómo incluir tus dietas de autónomo en las facturas?¿Cómo reunificar deudas siendo autónomo?Ayudas a la internacionalización de pymesBases de datos para Pymes: gestiona tus clientes de forma inteligenteInfoautonomos recoge el premio “Una de las 100 mejores ideas del año”Cuentas para autónomos: tres claves infalibles para dar con una buena ofertaNuevas medidas para autónomos afectados por el coronavirus sobre el alquiler de locales de negocios y la fiscalidad de módulosEl número de autónomos crece menos que en 2014La nueva casilla 103 en la Declaración de la Renta: qué es y cómo usarla¿Por qué pierdo seguidores en Facebook?10 retos de emprendimiento para 2018Smart work: ¿qué es y por qué se ha hecho tan popular?Las 85.000 tiendas online de España aún están lejos de otros países europeos¿Permitirías el teletrabajo en tu empresa?: ventajas y desventajasLa fórmula para ahorrar en las compras a proveedoresEl 72,6% de los autónomos tiene miedo a pedirse una baja laboralTrucos para vender más en el Black Friday siendo autónomoEstimación directa u objetiva ¿cuáles son las diferencias?Los gastos suplidos en la facturación del autónomoImpacto económico del COVID-19: Seis de cada diez autónomos no prevé el cierre de su negocio

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Cambios en la cotización de los pagos en especie

Actualizado el 15 de enero de 2025

2 minutos de lectura

Por Estefanía

La subida de la cuota de autónomos en más de un 20% para los autónomos societarios no era la única sorpresa que nos reservaba el Real Decreto de 21 de Diciembre. En el texto, se establecía, además, una incremento de las cotizaciones sociales que modifica las bases de cotización de las remuneraciones tanto en metálico como en especie, lo que desmantela la promesa del Gobierno de rebajar las cotizaciones a las empresas.

Así, se establece que la base de cotización de los asalariados "estará constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, tanto en metálico como los pagos en especie".

De esta forma, se redefinen los conceptos computables en la base de cotización y se incluye la obligación de las empresas de cotizar por pagos en especie que, hasta la fecha, estaban exentos.

Conceptos exentos por los que ahora se deberá cotizar el 100% de su importe

- Planes de pensiones y mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social distintas de la Incapacidad Temporal. Desde ahora, las empresas deberán cotizar por todas las aportaciones que realicen a los fondos de pensiones privados y otras prestaciones de mejora a la Seguridad Social.

- Uso de bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado

- Seguro médico. Las primas de responsabilidad civil deberán de cotizar de forma íntegra, mientas que los seguros médicos sólo se incluirán desde 500 euros.

- Ayudas escolares: Se incluyen en este apartado, como beneficios sociales derivados de la negociación colectiva, las ayudas a la guardería y demás ayudas en educación primaria, secundaria, obligatoria, bachillerato y grado superior.

Pagos en especie que se cotizaba parcialmente y deberán cotizarse en su totalidad

- Transporte: El plus por transporte (dietas de transporte y compensaciones de transporte y distancia) solo se cotizaba por el exceso sobre el 20% del Iprem

- Entrega gratuita o a precio inferior al de mercado de acciones o participaciones de la empresa, es decir, las ‘Stock options’. Antes, éstas ventas o entregas sólo se incluían en la base de cotización cuando superaba los 12.000 euros anuales.

- Vales y ayudas de comida. Estas remuneraciones en especie estaban exentas hasta los 9 euros diarios. Desde 2014 estas ayudas pasarán a cotizar desde el primer euro percibido por el trabajador y se incluyen tanto las entregas de productos a precios rebajados en comedores de empresa como los cheques-restaurante.

- Los seguros médicos (incluídos cónyuge y descendientes).- Hasta el 21 de diciembre se cotizaba por el exceso de 500 euros anuales por cada persona incluida.

No obstante, se excluyen de la base de cotización las asignaciones de la empresa destinadas a formación y estudios de los trabajadores cuando tales estudios vengan exigidos por las actividades o las características de los puestos de trabajo.

Esta medida obligará a las empresas a revisar las nóminas de sus trabajadores, así como a informar, antes del 31 de marzo, sobre la base real de cotización y cuánto suponen las retribuciones en especie, ya que éstas no pueden el 30% del total.

Imagen | FreeDigitalPhotos

Estefanía

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….