Blog
Ventajas y desventajas para los autónomos de aplicar el nuevo IVA con criterio de caja
Cómo conseguir una gestión financiera exitosaDeducción por vivienda habitual en la Renta 2017Qué es el NIF-IVA y para qué lo necesitas como autónomoNegocios multinivel: ¿oportunidad o estafa?¿Qué es y para qué sirve el arqueo de caja?¿Te has planteado cuánto cuesta teletrabajar?¿Se puede ser autónomo y trabajador por cuenta ajena a la vez?Las multas por no entregar la documentación requerida a la Inspección de TrabajoConsejos para mejorar la estrategia de tu comercio o tienda tradicional¿Qué son las notificaciones 060 y cómo pueden beneficiar a autónomos y pymes?Cómo gestionar la falta puntual de liquidez si eres autónomoEl 80% de los autónomos no cotiza por accidente de trabajoCómo deducir gastos de Navidad si eres autónomo: regalos, cesta y cena¿Cómo afecta el proceso de "branding" en el desarrollo de cada empresa?La Tarifa Cero para los nuevos autónomos de ExtremaduraSe busca Emprendedor del Mes... y puedes ser túEjemplo de Declaración de la Renta de un autónomo¿Quién paga más impuestos?El Crowdfunding, una alternativa de financiación para el emprendedor y el autónomoDe la Smart City a la Smart Office: cómo crear un entorno de trabajo inteligenteCómo elegir una escuela de negociosMillenials, los nuevos consumidoresSe acerca una de las fechas clave del nuevo sistema de cotización para autónomosLos trabajadores ya no tienen que aportar a su empresa los partes de baja por incapacidad temporalFormación para autónomos: refuerza tu negocio frente al COVID-19Consejos antes de firmar tu primer contrato mercantil con otro autónomo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Ventajas y desventajas para los autónomos de aplicar el nuevo IVA con criterio de caja

Actualizado el 19 de marzo de 2025

2 minutos de lectura

Por Estefanía

Una de las novedades más relevante y largamente demandada por el colectivo de autónomos desde hace años y anunciada en el recientemente aprobado anteproyecto de la Ley de Emprendedores es la aplicación del IVA con criterio de caja, una medida que entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2014 y gracias a la cual, tanto las pymes con una facturación menor de 2 millones de euros anuales como los autónomos no sujetos al régimen de módulos, podrán elegir si deciden adelantar o no a Hacienda el IVA de las facturas.

Una propuesta que afecta a todas las actividades del sujeto pasivo, a excepción de algunas operaciones intracomunitarias, y que ciertamente puede solventar los problemas de liquidez de muchos autónomos y emprendedores que acusan elevadas tasas de morosidad y retrasos en el pago de facturas.

Hasta ahora, las pymes y autónomos que se veían obligados a adelantar el IVA de facturas impagadas podían solicitar un aplazamiento de la deuda si ésta era inferior a 18.000 euros y con un interés del 5% o recuperar el IVA de las facturas impagadas con una antigüedad superior a 6 meses enviando una factura rectificativa tanto a la Agencia Tributaria como al cliente.

Con la nueva medida, cabe la posibilidad de no pagar el IVA hasta que las facturas no hayan sido cobradas, pero trae aparejada una letra pequeña que es conveniente estudiar antes de determinar si es lo más aconsejable para nuestro negocio.

Según explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la medida está pensada para evitar "incentivar retrasos en el pago de las propias obligaciones", esto es, las pymes y autónomos que se acojan de forma voluntaria a éste régimen del IVA tendrán que retrasar la deducción del IVA de los gastos hasta el momento en el que abonen las facturas de sus proveedores. "Un sistema de 'doble caja' en el que se premia al cumplidor".

En este sentido, el carácter voluntario de la medida puede tener otra contrapartida, ya que al adoptarla, obligaremos a hacerlo también a nuestros clientes, que tampoco podrán deducirse su IVA hasta que no abonen nuestra factura, por lo que podrían desestimar trabajar con nosotros. Aunque, si éste se trata de una Admistración Pública, puede resultarnos tremendamente beneficioso.

Por otro lado, esto obligaría a presentar el modelo 340, tanto a los que se acojan a la medida como a los que no. ¿Qué significa ésto? Que además del tradicional registro de facturas emitidas y recibidas, se deberá informar a Hacienda de los cobros y pagos de las mismas mediante este modelo, que complementa a la declaración trimestral del IVA. Ésto, unido a lo anterior, supondría una mayor complejidad contable y carga administrativa para pymes y autónomos, así como un incremento del control fiscal por parte de Hacienda.

Finalmente, aquellos que se acojan a éste régimen, deberán permanecer en él durante al menos dos años y, además, tendrán prioridad de entrada aquellos que trabajen para la Administración.

Imagen: FreeDigitalPhotos

Logo perfil Infoautónomos

Estefanía

Blasco Nieto

Estefania Blasco

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576