Blog
Consejos prácticos para aplicar la subida del IVA de septiembre 2012
Redepyme, nuevo buscador de empresas tecnológicas5 sectores líderes en la economía en 2020Cómo contabilizar una factura de Facebook Ads¿Quiénes están obligados a retener el IRPF en sus facturas?Cómo usar Whatsapp en el Mobile Marketing de tu empresaUn Autónomo en Nueva York. Notas de un viaje a EEUUAutoconsumo en el IVA: qué es y cómo se declara¿Cuánto debe cobrar un autónomo por su trabajo?Carlos Llerena: "En el coworking los autónomos se benefician de una comunidad multidiciplinar"Cómo los informes de personas ayudan a asegurar beneficiosPreguntas más frecuentes sobre Marketing Online y sus respuestasDescuento de pagarés, cada vez más utilizado para obtener liquidezCómo conseguir una gestión financiera exitosaTras el 10-N: propuestas para autónomos en el acuerdo entre PSOE y Unidas PodemosEl Gobierno propondrá en septiembre las nuevas cuotas para autónomos y empezará la regularización de 20245 ventajas de planificar tu trabajo el día antes10 argumentos para enamorarnos del trabajo autónomo5 Claves para conseguir trabajo online como freelanceLas claves de la cotización por ingresos reales del autónomoLas dificultades de los autónomos para acceder a la viviendaCómo crear un mapa de contenido enfocado a la ventaCómo actuar ante una denuncia por vulnerar la protección de datosInfoautónomos en el Top Blogs de EmpleoPor qué creer en tu empresa es el primer paso para crecerLos Autónomos y Pymes. ¿Tienen que estar en Internet?Mujer autónoma embarazada: Estos son tus derechos

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Consejos prácticos para aplicar la subida del IVA de septiembre 2012

Actualizado el 19 de marzo de 2025

2 minutos de lectura

Por Javier

Ya están aquí los nuevos tipos de IVA, el próximo sábado 1 de septiembre de 2012 entra en vigor la subida del IVA aprobada por el gobierno en el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad por las que el tipo general de IVA se eleva del 18 al 21%, el tipo reducido del 8 al 10% y un amplio número de actividades pasan del tipo reducido del 8% al general del 21%.

Este tipo de cambios siempre genera muchas dudas a la hora de su aplicación práctica por lo que en este post hemos sintetizado los consejos que al respecto ofrece Hacienda:

1. Fecha de devengo y fecha de factura: con carácter general,el tipo de IVA a aplicar será el vigente en el momento del devengo, es decir, la fecha en que se realizan las operaciones (devengo) y no la fecha de la factura.

Así a un servicio prestado en agosto de 2012 pero facturado el 15 de septiembre le serán de aplicación los tipos antiguos de IVA, por ejemplo el tipo general del 18% aunque en la factura habrá que hacer constar ambas fechas.

2. Pagos anticipados anteriores al 1 de septiembre de 2012: se aplicará el tipo de IVA vigente en el momento del pago, sin que deba ser objeto de rectificación alguna cuando la operación a que corresponde se realice a partir del 1 de septiembre de 2012.

Por ejemplo, si en el mes de julio se ha comprado un vehículo que se entregará en septiembre, pero al formalizar en julio el pedido se ha hecho un pago a cuenta o anticipo, este será gravado por el tipo vigente del 18%. La cantidad pendiente que se pague con la entrega del vehículo en septiembre se gravará con el nuevo tipo general de IVA del 21%. Ahora bien, hay un requisito importante y es que los bienes o servicios a que corresponda la operación estén identificados con precisión cuando se efectúe el pago a cuenta.

3. Operaciones de tracto sucesivo (arrendamientos, luz, teléfono): se aplicará el tipo de IVA vigente en el momento que sea exigible la contraprestación, momento en que se produce el devengo del impuesto. Por ejemplo, una factura de teléfono del periodo del 15 de agosto al 15 de septiembre, cuya factura se emita el 15 de septiembre aplicará el nuevo tipo de IVA del 21 %, aunque parte del consumo sea anterior al 1 de septiembre.

4. Descuentos posteriores a la realización de la operación: este tipo de descuentos conllevan una modificación de la base imponible y la expedición de una factura rectificativa, debiéndose aplicar el tipo de IVA vigente en el momento del devengo, es decir, la fecha de la operación, no del descuento.

Por ejemplo, si vendemos un producto en julio de 2012 al tipo general de IVA del 18% y en octubre de 2012 ofrecemos un descuento del 10% por defectos en el producto, se aplicará el mismo tipo del 18%. Lo mismo ocurriría en el caso de una devolución de mercancías

En el caso de rappels o descuentos por volumen de ventas generados en periodos de tiempo gravados a distintos tipos de IVA, se aplicará a cada periodo el tipo de IVA que estuviera vigente.

5. Contratos con entes públicos: el tipo de IVA que deberá aplicarse será aquel que esté vigente en el momento del devengo de las operaciones, con independencia de cuál hubiese sido el tipo impositivo que se tuvo en cuenta al formular la correspondiente oferta en el concurso de licitación o en el correspondiente contrato con la Administración.

En el caso de las ejecuciones de obra cuyo pago se efectúa mediante certificaciones de obra, si la obra está terminada, se aplica el tipo de gravamen correspondiente a la fecha de entrega y recepción de la obra pero si la la obra no está terminada se aplica el tipo de gravamen de la fecha en que se cobre efectivamente la certificación, teniendo en cuenta que la fecha de la certificación no da lugar a devengo a efectos del IVA hasta que se cobra, debiendo expedirse la factura con ocasión del pago anticipado.

Logo perfil Infoautónomos

Javier

Santos Pascualena

Javier

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576