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Aprobado el nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales
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Aprobado el nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales

Aprobado el nuevo sistema de cotización por ingresos reales

Actualizado el 17 de febrero de 2023

4 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Lo que parecía la historia interminable ha llegado a su fin.

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto ley, que tendrá que ser convalidado por los partidos políticos en el Congreso de los Diputados, para poner en marcha el nuevo sistema de cotización de los autónomos en función de sus rendimientos netos y que entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

Vamos a contarte en qué consiste el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales para autónomos, cómo son las tablas de cotización, y los aspectos clave y principales novedades del nuevo régimen de autónomos.

En qué consiste el nuevo sistema de cotización para autónomos

Este nuevo sistema de cotización para autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar a lo largo de tres años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajarán su cuota, mientras que se verá incrementada para los que más ganen.

Así, el nuevo sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos, que deberá comunicar a la Seguridad Social.

Mientras que los primeros tramos van a suponer una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima, en los tramos más altos se incrementará.

Su entrada en vigor se producirá el 1 de enero de 2023.

La cuota de cada autónomo se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,20% a la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.

En las tablas anuales de cotización que mostramos a continuación, usamos como marco de referencia la base mínima de cotización de cada tramo con su cuota correspondiente.

Cuota Autonomos 2023
Cuota Autonomos 2024
Cuota Autonomos 2025

Por tanto, a partir de 2023 los autónomos cotizarán a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

Y podrán cambiar de tramo hasta seis veces al año (cada dos meses) en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.

De esta forma, al acabar cada ejercicio el autónomo tendrá que regularizar sus cotizaciones a la Administración.

Así, se tendrán que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.

Para valorar y analizar el desarrollo del nuevo sistema, se ha establecido una evaluación periódica cada tres años.

¿Cómo se calculan los rendimientos netos del autónomo?

Uno de los aspectos más complejos, y que mayor debate ha generado durante la negociación del nuevo sistema, ha sido el de cómo se determinarán los rendimientos netos del autónomo.

Desde el Gobierno han delimitado el concepto de rendimientos netos de la siguiente manera:

“Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.”

Las claves del nuevo sistema de cotización de los autónomos

Tras saber en qué va a consistir el nuevo sistema y su periodo de aplicación, hay que destacar una serie de puntos clave y novedades que incorpora para los autónomos.

Nueva tarifa plana de 80 euros

Con el nuevo sistema la tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.

Y en los siguientes 12 meses el autónomo va a seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del salario mínimo.

Finalmente, pasará a entrar en el nuevo sistema de cotización por tramos en función de sus ingresos reales.

Acción protectora: cese de actividad

Se establece una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se podrá cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.

Para ello, hay que tener una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas si no se dispone de trabajadores. En el caso de tener trabajadores a cargo, se tendrá que cumplir esta condición durante 2 trimestres, con ingresos que no superen el salario mínimo, y con una reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla.

Deducciones del autónomo

El nuevo sistema incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios.

Cambio de tramo cada 2 meses

Se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año (cada dos meses). El objetivo es flexibilizar el ajuste que tiene que hacer el autónomo a su cotización en función de su previsión anual de rendimientos.

Desgravación del plan de pensiones

Otra novedad es que los autónomos podrán desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.

Fin al tope de cotizaciones para mayores de 47 años

En 2023 el tope de cotizaciones para trabajadores mayores de 47 años dejará de existir, ya que con el nuevo sistema lo que se tendrá en cuenta serán los ingresos para acreditar que el trabajador se ubica en su tramo correspondiente de cotización.

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