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Modelos trimestrales del IVA obligatorios para autónomos
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Modelos trimestrales del IVA obligatorios para autónomos

Resumen > Estos son los modelos trimestrales del IVA obligatorios para autónomos en 2019. Te quedan apenas 10 días para cumplir con tus obligaciones fiscales. Atento.
Modelos Trimestrales Del Iva Obligatorios Para Autónomos

Actualizado el 28 de octubre de 2025

3 minutos de lectura

Por Mónica

Si lo prefieres puedes escuchar este artículo sobre los modelos trimestrales del IVA obligatorios para autónomos aquí:

Te quedan apenas 10 días para cumplir con tus obligaciones trimestrales con respecto al IVA. Acabamos de lanzar un seminario sobre el IVA y sus modelos amplio y fácil de seguir, al que puedes acceder pinchando aquí.

Valga este resumen de las obligaciones que tienes que cubrir antes de que llegue el día 20 del mes de julio.

Muy atento porque junto con el IRPF estás ante el impuesto mas importante para cualquier autónomo o trabajador por cuenta propia. Coge papel y lápiz, comprueba a qué estás obligado y ponte al día con los modelos trimestrales del IVA desde hoy mismo:

Modelo 303

Se trata de la declaración trimestral del IVA mediante la que efectúas un pago fraccionado a Hacienda del impuesto. Su finalidad es ir pagando de manera periódica la diferencia entre el IVA repercutido (el que has cobrado a tus clientes) y el IVA soportado deducible (que hayas asumido en tus gastos).

Es un modelo compuesto por 8 secciones y más de 70 casillas que debe presentar cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA, ya sea autónomo, sociedad, asociación, etc.

Estás obligado a su presentación hasta el día 20 de este mes de julio (segundo trimestre, 2T), pero también del 1 al 20 de octubre (tercer trimestre, 3T), del 1 al 30 de enero (cuarto trimestre, 4T) y del 1 al 20 de abril (primer trimestre, 1T).

Al final del periodo, del año, el Modelo 390 recopilará la información reflejada en los Modelos 303 de los 4 trimestres. Se presenta con el cierre contable de cada ejercicio y será tu declaración anual de IVA.

Modelo 349

Si realizas operaciones intracomunitarias, es decir si compras y/o vendes a empresas o profesionales residentes en otros países de la Unión Europea, también estás obligado al Modelo 349.

Para poder hacer esta declaración informativa tienes que estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias, ROI, disponer de un CIF intracomunitario y emitir factura sin IVA.

Este modelo se presenta por periodos del siguiente modo:

  • Mensualmente si tus operaciones ascienden a más de 50.000 euros en el primer mes del trimestre.
  • Cada dos meses si al terminar el segundo mes de un trimestre el importe de tus operaciones intracomunitarias ya supera los 100.000 euros.
  • Harás la presentación trimestralmente cuando ni durante el trimestre ni en los cuatro trimestres anteriores el importe acumulado sea superior a 50.000 euros, excluido el IVA.
  • Y lo presentarás de forma anual si tus ingresos por operaciones intracomunitarias no superan los 35.000 euros ni las entregas a otro país miembro pasa de los 15.000 euros.

Modelo 309

Esta declaración sirve para ingresar el IVA de las compras europeas que realizas en tu actividad de comercio minorista.

Es decir, es obligatorio para aquellos trabajadores por cuenta propia que tributáis en recargo de equivalencia que realizáis adquisiciones intracomunitarias, operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo o si hay transmisiones de inmuebles afectos a la actividad con renuncias a la exención, entre otros.

Deberás presentar este modelo, por norma general, en los 20 primeros días del mes de julio y en el resto de los trimestres en los términos en los que te he explicado en líneas superiores.  

Modelo 368

Si eres autónomo o pyme y te dedicas a la exportación de productos y servicios digitales a países europeos o parte de tus clientes se encuentran en Europa y estás adscrito al régimen de “miniventanilla única” o MOSS, estarás obligado también al Modelo 368 de manera trimestral.

¿De qué productos estamos hablando? Pues de telefonía, programas de radio y televisión, alojamiento web, venta de contenidos electrónicos, mantenimiento de software o aplicaciones, diseño y programación de páginas webs, etc.

Modelos 322 y 353

Un último apunte por si te coincidiera con las fechas del trimestre. No olvides que si estás dentro de un grupo de entidades tienes que presentar de manera individual el Modelo 322 entre el 1 y el 30 del mes siguiente al periodo de liquidación.

Y si tienes la condición de entidad dominante de ese mismo grupo de entidades, tendrás que presentar también el Modelo 353 incluyendo la información vertida por cada entidad de manera individual en el Modelo 322.

Toda esta información desarrollada, incluyendo un repaso pormenorizado por el IVA, puedes encontrarla en el nuevo Seminario de Modelos Trimestrales del IVA que Infoautónomos pone a tu disposición por hacerte suscriptor del Club de Infoautónomos. Puedes acceder desde aquí al documento y ya sabes que, si necesitas que un especista haga por ti todo el papeleo de tu negocio para tu olvidarte de todo, y dedicarte a tu actividad al 100% no dudes en pedir presupuesto sin compromiso a los especialistas de Infoautónomos.

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