Blog
Deducción de gastos de facturas atrasadas
Arranca la regularización de cuotas de autónomos ¡Consulta cuándo te puede tocar!Aplicaciones online para nuestra presencia en internetControl horario en hostelería en 2026: requisitos, turnos, pausas, horas extra y fichaje digitalCómo montar una agencia de viajes onlineSoluciones para los problemas de liquidez de tu empresa¿Das motivos para recibir una Inspección de Hacienda?Crea un plan de negocio de éxitoLa inteligencia artificial y el trabajo autónomo: entre la brecha digital y la nueva competitividadLos hoteles estarán obligados a usar un software integrado con Verifactu en 2027¿Cómo ser más feliz en el trabajo?Un autónomo societario consigue cobrar el 100% de la pensión de jubilación activaCuando ser tu propio jefe se convierte en tu peor pesadillaCalcula tu jubilación anticipada del autónomo en 2020El Gobierno quiere equiparar la pensión de los autónomos a la de los trabajadores por cuenta ajenaConsejos para preparar el cierre del trimestre¿Necesitas página web siendo autónomo? Esto es lo que tienes que tener en cuenta Capitalizar el paro al 100% para mayores de 30: ¿Qué pasa con ello?¿Cuál es la normativa sobre traspaso de negocios?Por qué y cómo hacer una campaña navideña de email marketingTest | Cuánto vale mi negocio¿Tu fecha de alta en Seguridad Social es posterior al alta en Hacienda? ERRORLa casilla 505 de la Declaración de la Renta: para qué sirve y cómo obtenerlaPor qué te conviene declarar tu vivienda afecta a la actividadHaz el test del buen emprendedor por el Día del Emprendimiento7 gastos deducibles sin facturaOpiniones sobre Infoautónomos | La asesoría y la comunidad

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Deducción de gastos de facturas atrasadas

Resumen > ¿Te preguntas si tienes derecho a la deducción de gastos de facturas atrasadas? Conoce cómo proceder para aplicarlo a tu IRPF e IVA.
Deduccion Gastos Facturas Atrasadas Optimizada

Actualizado el 12 de agosto de 2022

3 minutos de lectura

Por

Entre los propósitos del autónomo en Año Nuevo puede figurar la optimización de la contabilidad del negocio. A la hora de sanear cuentas y poner todo en orden puedes encontrarte con alguna factura pasada que nunca llegaste a contabilizar; ¿has perdido el derecho a deducirte el IVA soportado o la base imponible en el IRPF? Te adelantamos que la respuesta es no. Si quieres saber más sobre la deducción de gastos de facturas atrasadas continúa leyendo.

La deducción de gastos de facturas atrasadas en IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA

Manejas muchos proveedores; es comprensible que se te olvide contabilizar la factura recibida en julio de 2019 por la empresa que te surte de material de oficina. La ley indica que para que un gasto afecto a la actividad sea deducible ha de estar convenientemente contabilizado, pero ¿estás a tiempo de ello? Sí; muy especialmente si los importes de las facturas pendientes de contabilización son pequeños.

Las normas de imputación de gastos generales, y siguiendo el criterio de devengo, establecen que, si nos encontramos con facturas de gastos que pertenezcan a ejercicios anteriores, no podemos contabilizarlas en el ejercicio actual y deducir su importe a efectos de IRPF o Impuesto de Sociedades.

Además, en base al principio contable de correlación entre ingresos y gastos, los gastos se consideran deducibles en la medida en la que se utilizan para producir ingresos. Por lo tanto, por norma general, no se puede desgravar una factura si su correlación no se establece con los ingresos de un ejercicio, sino con los del anterior.

No obstante, existe una excepción a este criterio general que establece que, si la imputación extemporánea (contabilización diferida o posterior) de los gastos supone igual o mayor tributación que la que hubiese correspondido según el criterio de devengo, dichos gastos se integran en la base imponible del período impositivo en el que están contabilizados. Esto significa que, si nos encontramos con facturas de gastos que pertenecen a ejercicios anteriores, podemos contabilizarlas en el ejercicio actual siempre que esto no origine una tributación inferior a la que hubiera correspondido en caso de imputarlo en la fecha correcta. Para comprobar esto, habría que verificar que, tras la imputación del gasto atrasado en el ejercicio actual, no se origina una tributación inferior a la que hubiera resultado tras imputar el gasto en el ejercicio al que correspondería realmente la factura.  

En caso de que la contabilización posterior a la fecha real de la factura causara menor tributación, prevalecería el principio de devengo y habría que modificar el impuesto ya presentado al que fuera imputable la factura si queremos beneficiarnos de su deducción.

Desde la asesoría gestoría fiscal online de Infoautónomos te contamos que hay dos maneras de proceder en este caso según tributemos los rendimientos de la actividad en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades.

  1. Si hablamos de IRPF puedes imputar el gasto directamente en la declaración de la Renta 2019 siempre que la factura pertenezca a ese ejercicio. De esta manera regularizarás la situación de ese gasto que se quedó pendiente y que minora el resultado de tu IRPF. Si se tratara de gastos correspondientes a ejercicios anteriores a 2019 o ya hubiera pasado el plazo oficial de presentación de la Renta 2019 (a día de hoy no es el caso), habrá que comprobar que la contabilización posterior a la fecha real de la factura no causa una menor tributación, ya que, en caso afirmativo, si queremos beneficiarnos de su deducción, habría que modificar la declaración de la renta presentada al ejercicio en que fuera imputable la factura mediante una declaración complementaria.
  2. En referencia al Impuesto de Sociedades, para desgravar un gasto anterior a 2019, habría que contabilizar el importe con cargo a reservas y ajustar el resultado en el impuesto de Sociedades del ejercicio en que se imputa el gasto. Al igual que en el IRPF, habrá que comprobar que la contabilización posterior a la fecha real de la factura no causa una menor tributación, ya que, en caso afirmativo, si queremos beneficiarnos de su deducción, habría que modificar el impuesto de Sociedades presentado del ejercicio al que fuera imputable la factura mediante una declaración complementaria.

El caso del IVA es más sencillo. El gasto es deducible pudiéndose declarar en cualquier ejercicio y periodo siempre que, no se haya sobrepasado el plazo límite cuatro años para la compensación de facturas atrasadas tomando como punto de partida la fecha de la emisión de la factura. Si se ha excedido ese plazo límite de cuatro años, Hacienda rechazará la deducción del IVA.

Logo perfil Infoautónomos

marinarivero

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576