Blog
Deudas pendientes de los Ayuntamientos, confírmalas antes del viernes
Cuidado con la deducción de gastos de difícil justificaciónGestión de tareas: Haz esto y mejora tu impacto diario en tu trabajoCómo empezar septiembre sin caer en depresiónHacienda endurece la tributación por módulos en 2019El cliente siempre lleva la razón: ¿la 'biblia' de las ventas?S.L. familiar ¿Cuándo contratar a un gerente externo?Estas son las soluciones digitales clave si eres autónomo y vas a solicitar tu Kit Digital4 estrategias para educar a tu clientePlan de Objetivos: Sin él no hay productividad ni resultadosArranca la tercera convocatoria del Kit Digital para autónomos y micropymes de menos de 3 empleadosEl disgusto que te dará Hacienda si descuidas tus notificaciones de impuestos ¡multas de hasta 600.000 euros!La subida del SMI que obliga a rehacer cuentas desde el 1 de eneroPasos a realizar si nos equivocamos en una transferenciaCómo presentarte a una licitación pública si eres autónomo¿Qué puedes hacer ante la competencia desleal?¿A qué autónomos les interesa el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU)?Semejanzas y diferencias entre emprendedor y empresarioCómo calcular si tu declaración te saldrá a pagar o a devolver con Renta Web OpenDeudas de empresas clientes: cómo evitar que afecten a tu negocio7+1 tips para conseguir recomendaciones y vender más y mejorPlanificación diaria: Cómo darle un empujón de calidad a tus tareas del día a día¿En qué casos puedes darte de alta como mayorista si eres autónomo?Novedades en la contratación: costes, SMI, jornada laboral y permisosEl palo de Hacienda: Se suprime la deducción del 20% para pymes y autónomos que mantienen el empleoFormación para autónomos y pymes: el riesgo de "convertirse en una lavadora"Boutique Baccana, buenas prácticas de autónomos en redes sociales

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Deudas pendientes de los Ayuntamientos, confírmalas antes del viernes

Infoautonomos Plan Pago Proveedores Autonomos Ayuntamientos

Actualizado el 6 de febrero de 2025

1 minutos de lectura

Por Fran

Si tienes deudas pendientes de algún ayuntamiento, es probable que ya estés enterado, pero como es importante, desde Infoautónomos nos unimos a los avisos que se están haciendo desde las Asociaciones de Autónomos para recordaros que entre el viernes y el domingo finaliza el plazo para comunicar que quieres cobrarlas dentro del mecanismo extraordinario del Plan de Pago abierto por el Gobierno.

Se trata de un requisito imprescindible para que te abonen las cantidades adeudadas por las entidades locales.

Tienes dos opciones para realizar esta gestión:

  • En el propio ayuntamiento que te adeuda: Hasta el viernes 20 de abril, a través de un formulario.
  • Vía telemática a la Agencia Tributaria: Hasta el domingo 22 de abril.

En cualquier caso tendrás que aportar el número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC).

COMUNICACIÓN POR VÍA TELEMÁTICA

A través de la web de la Agencia Tributaria, identificándote mediante Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Una vez consignado el NIF (ya sea de persona física o jurídica) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, podrás acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieres que te sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.

PRESENTACIÓN PRESENCIAL

Alternativamente, pero no a la vez, puedes dirigirte al ayuntamiento para rellenar el comunicado por escrito. En él tienes que facilitar el NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.

Cuando optas por la vía presencial, es la entidad local quien debe comunicar esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria.

También puedes echarle un vistazo a los 10 pasos para cobrar a un Ayutamiento que comentábamos el mes pasado. Que nunca está de más tener en cuenta estas cosas.

Logo perfil Infoautónomos

Fran

Hathi

Fran

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576