Blog
Las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF
¿Cómo conseguir clientes online? 5 estrategias creativasLas multas por no entregar la documentación requerida a la Inspección de TrabajoEl acceso al cese temporal de actividad no exige baja en Seguridad Social y Hacienda¿Qué siente el que emprende?¿Con qué banco no vas a poder darte de alta como autónomo al meter tu número de cuenta?IVA: El FMI pide subir el impuesto al 21% en todos los productos¿Perteneces a una lista de morosos y aún no lo sabes?8 herramientas online para autónomos que desconocíasMadrid amplía la tarifa plana a 24 mesesCambiar de asesoría fiscal: cuándo es el mejor momento y cómo hacerlo¿Cómo serán las tiendas del futuro?¿2026 o 2027? El futuro incierto del control horario digital para autónomos¿Cómo afecta el nuevo IPC a los autónomos?Las claves de la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo¿Cómo conseguir captar clientes potenciales?Cómo solicitar la jubilación anticipada del autónomoEl sector agrario "pasa" de intermediarios7 claves para afrontar una crisis de reputación onlinePlan PIVE 6: Todos los detalles para autónomosSujetos pasivos del IVA e inversión del sujeto pasivoCómo iluminar una oficina: Tus ojos (y tu dolor de cabeza) te lo agradeceránCómo fraccionar el pago de tu Declaración de la Renta¿Preparado para una Inspección de Prevención de Riesgos Laborales?La Inspección de Trabajo se moderniza para luchar contra el fraude laboral¿Cómo conseguir financiación sin recurrir al banco?¿El autónomo de baja tiene que seguir pagando la cuota?

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF

Resumen > Última hora: Las prestaciones por maternidad satisfechas por la Seguridad Social no tributarán en el IRPF tras el reciente fallo del Tribunal Supremo. Te lo contamos.
Prestaciones Por Maternidad

Actualizado el 9 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por

ACTUALIZADO el 3/12/2018. El Tribunal Supremo se pronuncia y confirma que las prestaciones concedidas por la Administración, generalmente Seguridad Social, en caso de maternidad, adopción, acogimiento o hijo a cargo están exentas de IRPF, un criterio completamente opuesto al que viene aplicando Hacienda y el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y que ha llevado a la resolución del Supremo a favor de la prestaciones por maternidad exentas en la Renta.

Los precedentes del fallo

La noticia llega tras la ratificación del Tribunal Supremo, el más alto de los órganos del Poder Judicial, del fallo de una sentencia de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Justicia Madrid  a favor del recurso de una mujer a la que Hacienda reclamaba  361,13 euros en concepto de IRPF por la percepción de la prestación por maternidad.  El Estado recurrió entonces por entender que la prestaciones satisfechas por Seguridad Social vienen a sustituir la retribución habitual de la contribuyente, retribución no exenta en el IRPF.  Pero este paralelismo no ha terminado convenciendo al Supremo que ha estimado que no solo las prestaciones por maternidad concedidas por las autonomías o administraciones locales son rentas de exentas, tal y como indica el artículo 7 de la Ley de IRPF, sino que este criterio se extiende a toda las Administración con independencia de su territorialidad.

Devolución con carácter retroactivo del IRPF de la prestación por maternidad

Hacienda se ve obligada a cambiar el criterio conforme a lo indicado por el Supremo y resolver las reclamaciones que estuvieran en curso con anterioridad al anuncio. Además, los contribuyentes afectados podrán reclamar la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad tributadas en las Rentas de 2014 y en adelante, hasta 2017.

Cómo reclamar el IRPF de la prestación por maternidad exenta

Para reclamar por vez primera la devolución del IRPF que tributaste ante Hacienda por la prestación por maternidad has de realizar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos. Este procedimiento, que cuenta con un plazo de resolución de seis meses, solo puedes realizarlo en caso de que no haya pasado más de cuatro años desde el vencimiento del plazo de presentación de la Renta. Hacienda ha habilitado un formulario online específico para reclamar la prestación de maternidad que ya estará oficialmente exenta en la Renta de 2018. En este formulario el contribuyente que reclama ha de indicar el año en que recibió la prestación y el número de cuenta bancaria del titular para realizar el ingreso de la devolución.

Además, el Ministerio de Hacienda ha establecido dos plazos para realizar la solicitud: diciembre para los contribuyentes con hijos nacidos en 2014 y 2015 y enero para hijos nacidos en 2016 y 2017. Conforme a las estimaciones del ministerio todas las devoluciones se realizarán antes del mes de abril.

En caso que la resolución sea positiva, a la devolución de la cantidad indebidamente ingresada se le añadirán los intereses de demora correspondientes. En caso contrario, es decir, que Hacienda desestime la devolución, puedes utilizar la vía económico administrativa y realizar una reclamación.

Seguridad Social toma nota

Tras la sentencia del Supremo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargardo de las prestaciones, ha dado instrucciones internas para dejar de retener IRPF de las futuras solicitudes de la prestación por maternidad así como de las ya reconocidas y en fase de abono.

Logo perfil Infoautónomos

marinarivero

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576