Blog
El Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores
Guía para ser autónomo: cómo, cuándo y por qué hacerse autónomoDescubre qué es el EBITDA de tu empresa y cómo se calculaCómo utilizar el principio de reciprocidad de forma efectiva en nuestra estrategia comercialSlack: Mejora la comunicación interna de tu negocioTarifa plana o reducción por pluriactividad: ¿cuál conviene más como autónomo?4 soluciones para 4 tipos de obstáculos en el camino de los emprendedoresVías para conseguir liquidez si eres autónomoMujer autónoma: una mirada al autoempleo femeninoCómo y cuándo cambiar de asesoría fiscalNovedades en la contratación: costes, SMI, jornada laboral y permisosLa cotización a tiempo parcial del autónomo bloqueada hasta 2019¿Se pueden emitir facturas de importe cero?¿Qué es la denominación social de un autónomo?¿Puedo cobrar el paro si antes de ser autónomo he trabajado por cuenta ajena?Orden y método: claves de una buena productividadCompetencia desleal: Los sectores donde impera la economía sumergida en España¿Quieres ser un disruptor? Empieza por seleccionar a tus clientesGestión documental en la nube: imperativo legal para pymes y autónomosNovedades en el permiso de paternidad 2019¿Qué es y cómo se presenta el modelo 100 si eres autónomo?Beneficios fiscales para los mayores de 65 añosLa tarifa plana de 50 euros para autónomos no se aplica a los administradores de sociedadesDiseño de negocio: A quién tengo que contratar para emprender con éxitoA pesar de tratarse algunas propuestas interesantes, las negociaciones para establecer las cuotas 2026 siguen sin avanzar¿Cómo se aplica el IVA a los descuentos en ventas?Que desplazarte no te salga “por un ojo de la cara”: Alternativas para ahorrar en combustible

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

El Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores

Plan Igualdad empresas menos 50

Actualizado el 3 de febrero de 2026

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Cuando hablamos del Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores es importante matizar que en España la obligación “general” se fija a partir de 50 personas en plantilla.

Pero una empresa con menos de 50 trabajadores también puede estar obligada en casos concretos (por convenio colectivo o por imposición de la autoridad laboral).

Para ayudarte a entenderlo, te vamos a explicar qué es el Plan de Igualdad, quién debe tenerlo y cómo se implanta paso a paso.

¿En qué consiste el Plan de Igualdad para empresas?

Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas negociadas y planificadas para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa y eliminar la discriminación por razón de sexo.

No se trata de un documento “estándar”, ya que debe partir de un diagnóstico, fijar objetivos, concretar acciones, asignar responsables, establecer un calendario, indicadores y un sistema de seguimiento y evaluación.

En la práctica, un buen plan va a abordar materias como:

  • Selección y contratación.

  • Clasificación profesional y promoción.

  • Formación.

  • Condiciones de trabajo (incluida la auditoría retributiva y brecha salarial).

  • Corresponsabilidad y conciliación.

  • Infrarrepresentación femenina.

  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Y, además, los planes de igualdad deben inscribirse obligatoriamente en un registro público (REGCON), ya sean obligatorios o voluntarios.

¿Qué empresas están obligadas a tenerlo?

Este es un aspecto muy importante, y que hay que entender bien, para evitar caer en errores:

Obligación "general" (por tamaño)

Están obligadas las empresas con 50 o más personas trabajadoras en plantilla.

¿Y si tengo menos de 50 trabajadores?

En principio, no hay obligación automática solo por tener menos de 50, pero sí puede ser obligatorio en estos supuestos:

  1. Si lo exige el convenio colectivo aplicable (sectorial o de empresa).

  2. Si lo impone la autoridad laboral en el marco de un procedimiento sancionador (por ejemplo, tras una actuación de la Inspección de Trabajo).

¡Importante! Si tu empresa llegó a estar obligada (por ejemplo, porque alcanzó 50 personas) y después baja de plantilla, es frecuente que se exija mantener el plan vigente mientras dure su periodo de aplicación. Por tanto, no conviene “desactivarlo” sin asesoramiento.

Cómo implantar el Plan de Igualdad en empresas de menos de 50 trabajadores

Si estás en situación de tener que implantar un Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores (convenio o autoridad laboral), este es el camino más seguro para hacerlo:

  1. Compromiso formal: comunica por escrito el compromiso de la dirección y designa recursos (tiempo, personas, posible apoyo externo).

  2. Constitución de la comisión negociadora: el plan se negocia. Si no hay representación legal de las personas trabajadoras, normalmente se articula con los sindicatos más representativos del sector.

  3. Diagnóstico de situación: recopila datos (plantilla desagregada por sexo, contratación, promociones, salarios, formación, medidas de conciliación, etc.) y detecta brechas y causas: dónde se produce la desigualdad y por qué.

  4. Definición de objetivos y medidas: establece objetivos realistas y medibles. Por ejemplo: reducir la brecha salarial, aumentar la presencia femenina en mandos, mejorar el acceso a formación, etc. Y desarrolla medidas concretas: qué se hará, cómo, quién lo hace y cuándo.

  5. Calendario, indicadores y seguimiento: define indicadores (KPIs) y periodicidad de revisión. Y establece un sistema de evaluación y revisión del plan.

  6. Aprobación e inscripción en REGCON: una vez acordado, regístralo. La inscripción es obligatoria para planes de igualdad, incluso si son voluntarios.

Como ves, el Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores existe solo en supuestos concretos (convenio o imposición administrativa).

Pero si crees que puedes estar afectado, revisa tu convenio y confirma tu cómputo de plantilla, porque te ahorrará sanciones, problemas en licitaciones y, sobre todo, improvisaciones de última hora.

Logo perfil Infoautónomos

Infoautónomos

S.L.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576