Blog
Así funciona la casilla para criptomonedas en la Declaración de la Renta
Cómo tributan las rentas en especie en tu IRPFDevolución del exceso de cotización a la Seguridad SocialLa Administración ahoga a los autónomosSe acabó defraudar a la Seguridad Social: Trabajar en negro y cobrar el paro se sancionará con pena de cárcelEl trabajador autónomo y las TICCómo afectará a los autónomos la reforma laboral¿Quieres conseguir proyectos? Trabaja tu red de contactosEmprendetur 2015: Cómo acceder a las ayudas para emprendedores en turismoDeclaraciones de Hacienda de los Autónomos: Cómo presentarlas por Internet sin certificado digitalEl 61% de los accidentes de trabajo de autónomos en 2017 no derivaron en bajaTrámites para internacionalizar tu empresaCómo afecta a los autónomos el aumento de las cotizaciones para reformar las pensiones¿Cuál es el futuro del régimen de módulos para los autónomos?Tipos de sociedades que eligen los autónomos para ser persona jurídicaConsejos para la prevención del espionaje industrial en tu empresaKit Consulting: la nueva ayuda de asesoramiento digital para pymesInfoautonomos, plataforma de referencia para el autónomoCrowdlending como método de financiaciónDespués de la tormenta llega la calma ¿y ahora qué?Cobertura del riesgo de contingencias profesionales para autónomosMi nivel de digitalización: nuevas oportunidades para autónomos y pymesSer autónomo no es "cosa de niños"Quiero vender mi negocio: ¿cuál es la valoración de mi empresa?8 Aplicaciones Ipad para AutónomosLION : El nuevo "profesional de las relaciones"Ventajas de un plan de pensiones de empleo para autónomos y cómo contratarlo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Así funciona la casilla para criptomonedas en la Declaración de la Renta

Las criptomonedas en la Declaración de la Renta

Actualizado el 23 de enero de 2025

1 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Por primera vez en la historia tenemos a nuestro alcance una casilla específica para declarar las criptomonedas.

Es importante por la creciente tendencia a invertir en activos criptográficos y por las consecuencias que puede tener para los inversores que eludan su obligación o que rellenen incorrectamente dicha casilla.

¿Cómo declarar tus criptomonedas? Esto es todo lo que debes saber.

¿Qué es la famosa "casilla 46"?

La casilla 46 se encuentra dentro del apartado “Otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales” bajo el título “Saldos en monedas virtuales”. Figura en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Es la encargada de recoger las ganancias y pérdidas en criptodivisas.

¿Quién debe rellenar la casilla para criptomonedas?

Todos aquellos inversores que hayan obtenido ganancias derivadas de las criptomonedas.

Aquí es importante señalar que dichas ganancias se pueden producir por distintas vías: compraventa, staking, actividades de minado, préstamos en plataformas cripto, etc. En cualquiera de los casos, el inversor está obligado a declarar las ganancias.

No hay un mínimo, por lo que la casilla 46 deberá rellenarse siempre y cuando exista ganancia. Las pérdidas no son obligatorias pero sí recomendables, ya que así podrás compensarlas en el futuro con otras posibles ganancias.

¿Tiene Hacienda información de los exchanges?

La citada Ley es clara y obliga a los exchanges de criptomonedas y a las empresas que gestionen u operen con criptomonedas a notificar los saldos, las operaciones y la identidad de las personas que operen en ellas.

Esta obligación se limita a las empresas que actúen en España.

¿Cómo tributan este tipo de activos?

Las criptomonedas tributan como rendimientos de capital, al igual que la inmensa mayoría de activos financieros. Se sitúan, por tanto, en los siguientes rangos:

  • De 0 a 6.000 euros: 19%.
  • De 6.001 a 44.000 euros: 21%.
  • De 44.001 a 200.000 euros: 23%.
  • Más de 200.000 euros: 26%.

La excepción serían las ganancias derivadas de actividades económicas atribuibles, entre otras, a las actividades de minado de criptomonedas. En ese caso tributarían en el tramo del IRPF que oscila entre el 19% y el 47%.

¿Cómo calcular el rendimiento obtenido en criptoactivos?

Para declarar las criptomonedas correctamente debes calcular el rendimiento obtenido. Es necesario saber si hay (o no) las mencionadas ganancias patrimoniales.

Tendrás que usar el conocido como sistema FIFO (First In First Out). La primera venta se asocia a la primera compra y así sucesivamente. Cabe recordar que hablamos de la obligación de declarar las criptomonedas vendidas con ganancias firmes, no las que aún figuran en propiedad (se declararán cuando se consume la venta).

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….