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Cómo superar el pago trimestral si facturo 1.000 euros

Resumen > El pago del IVA trimestral es uno de los momentos más temidos del autónomo, especialmente si sus ingresos mensuales no son lo suficientemente elevados. En este artículo te explicamos cómo afrontar estar realidad y salir airoso de ella.
Pago Trimestral

Actualizado el 6 de febrero de 2025

2 minutos de lectura

Por Ru

Si eres autónomo y facturas solo 1000 euros, existen un conjunto de trámites administrativos que puedes hacer directamente de una forma rápida, sencilla y gratis. En este post te explicamos cómo superar el pago de impuestos trimestrales, en concreto del IVA

Empresas, profesionales y autónomos tributan por el Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA, al 21%, salvo algunas excepciones que lo hacen a un tipo reducido. Las presentaciones del IVA se realizan de forma trimestral, en abril, julio, octubre y enero. En cada uno de estos meses se presentan los formularios relativos al trimestre inmediatamente anterior, en caso de no hacerlo y aunque el resultado sea 0, la Agencia Tributaria aplica una sanción.  

El IVA se puede presentar cumplimentando el Modelo 303 de la Agencia Tributaria, al que se puede acceder desde la propia página web.

Antes de comenzar a rellenar el formulario, el autónomo debe haber organizado sus facturas. Por una parte, las emitidas, en las que se indicará el IVA Devengado, es decir, el que ha cobrado, y por la otra  parte, las facturas recibidas, en las que el proveedor le habrá indicado el IVA Deducible, es decir el que ha pagado. El resultado del trimestre será la diferencia entre ambos importes. 

Para cumplimentar de forma telemática el Modelo 303, el autónomo necesita el Certificado Electrónico de Identificación o DNI Electrónico, o la Cl@ve PIN. Es idóneo que el autónomo cuente con un certificado digital para poder realizar de forma telemática y sencilla todos los trámites. El certificado digital tiene una validez de dos años y se tramita de forma gratuita a través de la Agencia Tributaria y de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Con el certificado digital o Cl@ve PIN, el autónomo puede acceder directamente al formulario del Modelo 303, y lo único que tiene que hacer es rellenar las casillas que se le indiquen en función de su actividad, del trimestre que quiera presentar y demás datos que se le requieran. De hecho, si no está correctamente cumplimentado, no se puede tramitar. 

En los espacios que se le indiquen en el documento, el autónomo debe señalar la base imponible del IVA devengado, el porcentaje de impuestos y la totalidad. Es decir, debe incluir, por separado, la suma total de la base de las facturas emitidas, la del IVA y después el total. 

En el apartado del IVA deducible, en el que el profesional debe incluir la base de las facturas recibidas, el porcentaje que corresponde al pago de impuestos y la totalidad. 

En el mismo formulario se indican los pasos y las casillas a cumplimentar de una forma sencilla. Una vez cumplimentado, se tramita su presentación telemática y el proceso finaliza. Aunque a través de la Sede Electrónica se puede acceder a los modelos presentados, es importante que el empresario imprima el PDF y guarde una copia. 

Es importante explicar que el autónomo debe facturar por cada servicio o producto en el momento en que lo realiza, pero no está obligado a presentar el ingreso si no lo ha cobrado. En este caso, tiene que acogerse al Régimen Especial del Criterio de Caja.

Gastos deducibles para los autónomos

No se puede evitar el pago del IVA, pero sí que es importante deducir el mayor número posible de gastos por el desarrollo de la actividad, como son el material de oficina, el teléfono móvil, el teléfono fijo e Internet, equipos informáticos y gastos corrientes.  

Más complicado es desgravar las dietas o los gastos de transporte, si no está afecto al 100 % a la actividad de la empresa, se acepta deducirse el 50% de los carburantes, siempre que exista factura con los datos fiscales del empresario. 

Además, la nueva Ley de autónomos ha incorporado facilidades en las deducciones de gastos como lo del vehículo.

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