¿Qué modelos trimestrales te toca ir preparando?
- Modelo 303: Autoliquidación trimestral del IVA. Si tu actividad está sujeta al impuesto tendrás que presentar esta declaración.
- Modelo 309: Liquidación no periódica del IVA. Se trata de un modelo poco habitual que aquellos autónomos sujetos a regímenes especiales como el de recargo de equivalencia o los de pesca, ganadería y agricultura están obligados a presentar.
- Modelo 368: Si tu actividad está sujeta a comercio electrónico y vendes a particulares fuera de España, tienes que aplicar el IVA del país donde vendes y presentar este modelo trimestral 368.
- Modelo 130: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Todos aquellos autónomos que realicen actividad económica registrada en el censo de empresarios (IAE) tienen la obligación de hacer frente a este modelo 130, con excepción de quienes hayan facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
- Modelo 131: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Empresarios y Profesionales en Estimación Objetiva. En caso de ser trabajador por cuenta propia y tributar por módulos presentarás el modelo 131 en lugar del inmediatamente anterior.
- Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Si eres trabajador por cuenta propia y aplicas descuentos en el importe de las rentas por rendimientos de trabajadores, empresarios o profesionales forzosamente declararás dichas retenciones antes Hacienda.
- Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Esta definición tan extensa que realiza Hacienda del modelo se reduce a la obligatoriedad de declarar las retenciones practicadas sobre los alquileres de locales en los que autónomos y empresarios desarrollan la actividad.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. No olvides que también tienes la obligación de detallar tus operaciones ante la Administración si eres operador intracomunitario.
No te olvides de los resúmenes anuales
A través de ellos Hacienda verifica la correlación con las cuentas trimestrales. El descuadre puede ser motivo de comprobaciones fiscales.- Modelo 180: Es el modelo anual correlativo al modelo 115 de retenciones en el IRPF practicados sobre alquileres de inmuebles urbanos.
- Modelo 190: Si has presentado el modelo 111 de retenciones en el IRPF sobre rentas de trabajadores, empresarios y autónomos también tendrás que declarar el resumen anual con el modelo 190 coincidiendo con el cuarto trimestre.
- Modelo 390: Esta declaración anual del IVA que guarda correspondencia con el modelo 303 trimestral es el caballo de batalla de muchos autónomos por su densidad y complejidad, motivos de sobra para recurrir a la experiencia de una asesoría fiscal.