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Coronavirus: cómo es el aplazamiento de impuestos aprobado por el Gobierno
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Coronavirus: cómo es el aplazamiento de impuestos aprobado por el Gobierno

Resumen > La crisis sanitaria por coronavirus obliga al Gobierno a la aprobación de un excepcional sistema de aplazamientos de impuestos. Cónocelo.
Aplazamiento De Impuestos

Actualizado el 1 de septiembre de 2025

3 minutos de lectura

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El pasado viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. La norma recoge una moratoria fiscal para autónomos y pymes con el objetivo de mitigar el impacto económico en plena crisis por el coronavirus. Pero, ¿en qué consiste el aplazamiento de impuestos autorizado por el Gobierno?

Hay que apuntar, en primer lugar, que esta medida no se puede considerar novedosa ya que el actual sistema tributario, amparado por la Ley General Tributaria, ya contempla un sistema de aplazamientos de deuda. Pero el aprobado en Consejo de Ministros Extraordinario, aplica una serie de condiciones novedosas que conviene conocer. Ahora sí, veamos cuáles son los detalles de esta moratoria fiscal.

Aplazamiento de los impuestos cuyo plazo de presentación finalice el 30 de mayo

Según el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, los autónomos y pymes con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019 podrán aplazar durante un máximo de seis meses las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finalice entre el 13 de marzo de 2020 y el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

No se aplicarán intereses de demora durante los tres primeros meses por lo que conviene hacer frente al pago en ese periodo.

Qué impuestos se pueden aplazar

Hemos adelantado en líneas anteriores que la moratoria fiscal se aplica a las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones, esto es, todas aquellas que conlleven pago de impuestos. Y cuando decimos todas nos referimos también a los impuestos que generalmente no se pueden postergar como las retenciones de IRPF y el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Este es probablemente el aspecto más novedoso del sistema de aplazamientos aprobado in extremis. De esta manera, la medida, que llega apenas dos semanas antes del inicio de periodo de presentación de los impuestos del primer trimestre de 2020, permite aplazar:

  • Los pagos fraccionados del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tanto en estimación directa como en estimación objetiva (módulos). Modelos 130 y 131 respectivamente. 
  • Declaración trimestral de IVA, modelo 303. La posibilidad de aplazamiento de IVA se debe a que Hacienda presupone que el IVA que hay que presentar aún no se ha cobrado. 
  • Pago fraccionado del impuesto de sociedades. Modelo 202.
  • Retenciones e ingresos a cuenta declarados en los modelos 111,115  y 123. Hay que entender que este dinero no es del autónomo que retiene por lo que no puede disponer de él y ha de guardarlo para ingresarlo a Hacienda. Sin embargo, en esta coyuntura sanitaria, el Gobierno ha hecho una excepción.

Hacienda ha anunciado que los plazos de procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente; un anuncio sobre el que informaremos desde Infoautónomos en la medida en que se conozcan los detalles.

Si necesitas un servicio de asesoría fiscal para aplazar tus impuestos cumpliendo con el procedimiento ponte en contacto con la asesoría online de Infoautónomos.

La utilidad de este excepcional sistema de aplazamiento de impuestos

La moratoria fiscal anunciada por el Gobierno fruto del estado de emergencia sanitaria por el coronavirus no satisface en lineas generales. La Unión de Asociaciones, Trabajadores y Emprendedores (UATAE) lo tilda de "insuficiente" y afirma que ésta, junto al resto de medidas aprobadas, "se quedan cortas". Mientras que la Federación de Trabajadores Autónomos (ATA) las considera "escasas".

Y es que entre las reivindicaciones de algunos autónomos está la rebaja fiscal. Así lo confirma la encuesta lanzada por el diario La Vanguardia en el que un 98,1% de los usuarios (más de 16.500 respuestas) afirma que el Gobierno debería aplicar una rebaja de impuestos por el coronavirus.

ATA, junto a UATAE y la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) han llegado a un acuerdo de tres medidas extraordinarias y urgentes e instan al Gobierno a su aplicación:

  • Bonificación del 100% de la cuota de autónomos para los autónomos contagiados por coronavirus desde el primer día de baja.
  • Bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social  en el caso de autónomos que se vean obligados a abandonar su actividad por cuidado de hijos o dependientes como consecuencia del cierre de los centros escolares y cuidado de dependientes
  • Reconocimiento y concesión automáticos de la prestación por cese de actividad entendiendo la epidemia como causa mayor.
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