Blog
Se acabó aplazar el pago de las retenciones del IRPF para las pymes
El crédito fácil como solución a los problemas de liquidez del autónomoEl perfil del autónomo que mejor ha soportado la pandemia¿Quiénes están obligados a retener el IRPF en sus facturas?Auditoría energética para empresas: un paso más hacia la sostenibilidad¿Cómo va a evolucionar mi negocio? Analiza tu sector gracias a las cuentas anuales de otras empresasAutomatización del trabajo: profesiones en riesgo de extinciónCómo solicitar el certificado digital para autónomos8 claves para presentar tus modelos trimestrales ante Hacienda sin complicacionesDía del Trabajador: el coronavirus sienta precendentes en la reforma del trabajo autónomoConsejos para crear una SL familiar con tus hijosAprovecha el verano para mejorar el equipamiento tecnológico de tu negocioPresentar la declaración trimestral del IVA fuera de plazo¿Qué aporta el Inbound Marketing a las PYMEs y autónomos?Cómo afectará a la jubilación del autónomo la nueva cotización por ingresos realesCasi el 75% de los autónomos andaluces tiene miedo a pedir una baja laboralCómo abonar las pagas extras de Navidad y veranoAlternativas para ahorrar en el paquete ofimáticoMedidas antifraude que afectan a los autónomos (I): restricción de pagos en metálico¿Cómo presento mi Declaración de la Renta: individual o conjunta?Técnicas de productividad para trabajadores autónomos¿Hay margen para emprender en el medio rural?Cómo va a afectar a los autónomos la reforma de las pensionesCreación de empresas: primer dato positivo desde el inicio de la crisisImpuestos directos e impuestos indirectos: cuáles paga el autónomoLas trabaciones del autónomoSi tu empresa está en redes sociales, también debes cumplir con la legalidad

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Se acabó aplazar el pago de las retenciones del IRPF para las pymes

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

1 minutos de lectura

Por Estefanía

La dificultad de acceso al crédito y los problemas de liquidez de las empresas pueden aliviarse, en parte, solicitando un aplazamiento o fraccionamiento de los pagos a Hacienda. No obstante, algunas de las facilidades que en los últimos tiempos ha estado dando la Agencia Tributaria han tocado a su fin.

Según informa Cinco Días, las empresas ya no podrán solicitar el aplazamiento de las retenciones de IRPF a cuenta de los trabajadores desde enero de 2014, lo que ha cogido por sorpresa a muchas de ellas que pensaban aplazar el pago de las mismas ya que, en ése mes, se incluye la paga extra de Navidad.

Recordemos que, en principio, casi todos los impuestos y deudas con Hacienda son financiables mediante las operaciones de fraccionamiento o aplazamiento. Tanto las liquidaciones trimestrales por IRPF o IVA como las anuales. Se puede pedir el aplazamiento o pago fraccionado, incluso, de deudas anteriores que podamos tener con Hacienda.

Tradicionalmente, entre los impuestos que no se pueden aplazar, destacaba el pago de las retenciones de los trabajadores y profesionales. Se debe a que éstas retenciones no son un recurso de la propia empresa, si no de los trabajadores que trabajan en ella.

No obstante, y dada la coyuntura de crisis y dificultad de acceso al crédito, desde el año 2009 Hacienda sí lo estaba permitiendo debido a la avalancha de solicitudes, pero sólo en determinados casos y con carácter extraordinario.

Sin embargo, aún son varias las deudas que pueden seguir aplazándose, aunque hay que tener en cuenta varios aspectos antes de solicitarlo. En primer lugar, es necersario presentar una propuesta de calendario de pagos que Hacienda podrá aprobar o desestimar.

Además, el aplazamiento de la deuda tiene un coste. En el caso de ofrecer aval, el interés aplicable es el del interés legal del dinero, que ronda el 4%. Si la moratoria se solicita sin garantías, se aplicaría en este caso el interés de demora, que se sitúa en el 5%.

Imagen | FreeDigitalPhotos

Logo perfil Infoautónomos

Estefanía

Blasco Nieto

Estefania Blasco

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576