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Sanciones por tener falsos autónomos en plantilla
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Sanciones por tener falsos autónomos en plantilla

Resumen > Conoce las consecuencias que tiene para las empresas contratar falsos autónomos. Las multas pueden llegar a ascender a los 10.000 euros. Y eso no es lo peor.
Falsos Autónomos

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

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La figura del falso autónomo y su difícil situación están en el punto de mira del Plan Estratégico de Inspección de Trabajo 2018-2020  con el objetivo de asegurar la calidad del empleo; entre las lineas de actuación de este Plan Estratégico está el cruce de datos de la Seguridad Social con Hacienda para detectar y erradicar fraude laboral. En este artículo te contamos lo caro que sale dar trabajo a falsos autónomos.

Herramientas para el control de falsos autónomos

Si eres un falso autónomo te recomendamos que denuncies tu situación precaria. Nuestro artículo sobre cómo denunciar la situación del falso autónomo te da pistas para actuar. Ten en cuenta que en este entramado fraudulento la mayoría de las veces no se te considera responsable sino víctima, aunque en otras ocasiones, la aceptación de esta mala práctica también puede acarrearte problemas.

Cómo denunciar la situación del falso autónomo

Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Pero si eres autónomo empresario y tienes entre tu plantilla a algún falso autónomo para ahorrarte costes déjanos decirte que se te puede caer el pelo. Y no lo dice la asesoría fiscal online de Infoautónomos, tampoco el sentido común o de justicia, sino la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social en la que se apoya la Inspección de Trabajo para castigar a las empresas que obligan a sus trabajadores a ser falsos autónomos. Analicemos qué viene a decir esta ley:

El artículo 22 de esta Ley establece como infracción grave “no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido”.

Esta ley vendría a amparar a los cerca de 290.000 trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA),  según estimaciones de la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA), que aunque sí están dados de alta en Seguridad Social no trabajan como autónomos.

Sanciones para quienes empleen a falsos autónomos

La sanciones derivadas de emplear a falsos autónomos varían en función del grado aunque se han incrementado desde comienzos de este año después de que Empleo haya adquirido plena conciencia de esta mala práctica en empresas que además prolifera gracias a un sistema de economía colaborativa desvirtuado.

Las saciones contempladas son:

  • Sanción de grado mínimo: de 3.126 a 6.250 euros.
  • Sanción de grado medio: de 6.251 a 8.000 euros.
  • Sanción de grado máximo: de 8.001 a 10.000 euros.

Pero las costosas consecuencias económicas no solo pasan por sanción. La Inspección de Trabajo también puede exigirte el pago de las cuotas a la Seguridad Social por el tiempo en que el trabajador debería haber estado cotizando por el Régimen General. Como en ocasiones es difícil de determinar la duración del fraude laboral la Inspección de Trabajo puede reclamar las cuotas de los últimos cuatro años más los correspondientes recargos entre el 100% y 150% en concepto de cotizaciones no ingresadas.

Delito penal de la pyme que contrate falsos autónomos

Y por si eso no fuera poco, puedes ir a la cárcel sin pasar por la casilla de salida. Pero esto no es un juego. Esta es otra de las consecuencias en caso de delito penal, es decir, cuando el importe de esas cuota impagadas en los últimos cuatro años sumen la astronómica cifra de 50.000 euros.

Así que ya sabes, con el pan de uno no se juega y hacerlo te puede salir muy caro.

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