Blog
Hacienda no permite deducir gastos a los autónomos que teletrabajan por la pandemia
Conoce los informes comerciales de tu competencia¿Qué es la denominación social de un autónomo?Las mejores apps para la comunicación en los negociosFinanciación alternativa a la banca para autónomos y pymesPor qué enero es el mejor mes para cambiar de asesoríaEmprender tras los 40: cómo empezar a vender tus serviciosEl perfil del consumidor post COVID-19Ideas de negocios ecológicos en la víspera del Día del Medio AmbienteFacturar a Canarias, Ceuta y Melilla, ¿Con o sin IVA?El crédito fácil como solución a los problemas de liquidez del autónomoCrisis del COVID-19: estas son las nuevas ayudas para autónomos y pymesCommerce 360, solución de Big Data para autónomos y pymesEl emprendedor de Responsabilidad Limitada: dícese del que no responde con sus bienes las deudas empresariales¿Cómo aparecer en Google gratis?La mujer autónoma y la igualdad de oportunidadesSe inicia la devolución de la Renta 2018“Supermamás”: madres y emprendedorasAutónomos: Negociación sobre los convenios colectivos#yosoyautonomo… Y lo seguiré siendo.¿Qué es el Principio de Pareto y por qué debes aplicarlo a tu empresa?Cómo lograr que tu negocio salga en los medios sin gastarte un euroLos autónomos societarios o con más de 10 trabajadores tienen que pagar más a la Seguridad SocialEvaluación del Gobierno a las líneas ICO para autónomos y pymesPaga menos en tu Declaración de la Renta 2022 si eres autónomo¿Cómo Facturar?MBA, curso o webinar: ¿cuál elegir para mejorar tu formación como autónomo?

TE LLAMAMOS GRATIS

Nombre(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Hacienda no permite deducir gastos a los autónomos que teletrabajan por la pandemia

Hacienda Impide Deducir Gastos

Actualizado el 9 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

La Dirección General de Tributos no permite a los autónomos que hayan realizado teletrabajo en su domicilio debido a la pandemia deducir sus gastos extra en suministros. Esto se debe a que lo consideran una circunstancia “ocasional y excepcional”. Y todo ello, a pesar de que la ley permite la deducción de parte de los gastos cuando la vivienda habitual se destina al desarrollo de la actividad profesional.

Así lo ha decidido Hacienda tras recibir una consulta vinculante de una trabajadora autónoma. En dicha consulta, proponía deducirse gastos de suministro como luz o Internet al tener que llevar a cabo la actividad en su vivienda. Generalmente la desarrollaba en un despacho, pero dejó de acudir a diario por la Covid-19. Es decir, pasó a realizar teletrabajo debido a la pandemia.

La ley y su aplicación al teletrabajo

Según la Dirección General de Tributos, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, determina que los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse los gastos de suministros de su vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Pero Hacienda ha establecido una excepción con la pandemia. Indican que el uso puntual de la vivienda habitual para el desarrollo de la actividad económica, ante la imposibilidad de acudir al despacho tras la declaración del estado de alarma, “no es deducible”.

En la respuesta emitida desde el organismo oficial, exponen que “de acuerdo con esta regulación, para que determinados suministros de la vivienda habitual del contribuyente puedan tener la consideración de gastos deducibles de una actividad económica desarrollada por él, es necesario que la vivienda habitual se encuentre parcialmente afecta a la actividad”. Algo que, aseguran, no se cumple en el caso expuesto por lo que “no se podrán deducir los gastos por suministros citados en la consulta”.

Por tanto, ya que la autónoma que ha realizado dicha consulta solo usa su vivienda como lugar de trabajo “por una circunstancia ocasional y excepcional” y no tiene una parte dedicada específicamente a su actividad, no podrá deducirse los gastos de suministro.

Resolución polémica y criticada por los autónomos

Con esta medida, Hacienda no permite aprovechar esta ventaja fiscal a muchos autónomos que habían decidido teletrabajar, convirtiendo su casa en su oficina durante los últimos meses debido a los riesgos derivados de la pandemia. Una resolución que ha sido duramente criticada por las principales asociaciones de autónomos, que ven muy negativa la decisión tomada.

Si necesitas ayuda con la gestión de tus gastos deducibles, no dudes en recurrir a nuestra asesoría online. Estamos a tu entera disposición para ayudarte con todo lo relacionado con la gestiones fiscales de la actividad económica de tu empresa.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

La ventana a la actualidad
para emprendedores, autónomos y pymes

Únete a nuestros más de 300.000 suscriptores que ya están al día de todas las novedades y ofertas gracias a nuestra Newsletter

Abrir chat
¡Contacta con nosotros!
¡Hola! ¿Necesitas información sobre nuestros servicios?