Blog
Hacienda retrasa a 2024 la obligación de declarar por criptomonedas: ¿Cómo tributan en 2023?
Cómo deducir el gasto del teléfono de un autónomoLos informes internacionales y su utilidad para empresas y autónomos que deseen exportarEl método SMART: así debes fijar tus propósitos empresariales¿Conoces con quién haces negocio? Comprueba el listado de morososParo de los autónomos: las nuevas altas tendrán que cotizar por cese de actividadCuando mis redes sociales son determinantes para financiar mi negocioEl 41% de los autónomos en Aragón es de larga duraciónConsejos para emprender (bien) en septiembreLa inversión publicitaria en Internet crece un 12,6%Los autónomos pagan más impuestos que Apple, Google o MicrosoftEl autónomo tiene derecho a la baja por estar “quemado en el trabajo”Las 10 cualidades principales que debe tener todo buen emprendedorWebinar: qué es y cómo utilizarlo para venderEmprender después de los 50¿Qué es el plus de convenio y cuándo se aplica?IVA: El FMI pide subir el impuesto al 21% en todos los productosNovedades 2022 para autónomos y pymesObligaciones fiscales de las profesiones artísticas: epígrafe 861 del IAE¿Cómo utilizar el principio de escasez para vender más en tu negocio?El futuro del trabajo y el autónomoCapitalizar el paro, una buena solución para ser autónomo¿Qué tarifa plana te conviene? Motivos para darte de alta como autónomo en 2022Tipos de sociedades que eligen los autónomos para ser persona jurídicaCómo recuperar el IVA soportado en el extranjeroEl Consejo de Administración, ahora reuniones trimestralesCómo fraccionar el pago de tu Declaración de la Renta

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Hacienda retrasa a 2024 la obligación de declarar por criptomonedas: ¿Cómo tributan en 2023?

Criptomonedas 2023

Actualizado el 23 de enero de 2025

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Novedades importantes sobre la tributación de las criptomonedas en España.

Parecía que este año se publicarían las nuevas obligaciones informativas sobre las criptomonedas, pero aún no se ha oficializado la orden ministerial que da luz verde a esa novedad.

Aun así, se mantienen intactas las obligaciones fiscales ya vigentes para los criptoactivos.

¿Cuáles son? ¿Cómo debes declarar las criptomonedas en 2023?

¿Por qué han retrasado la obligación de declarar por criptomonedas a 2024?

No se sabe con exactitud el motivo de este retraso.

Algunas fuentes apuntan a “motivos de calendario” de la Agencia Tributaria mientras que otras señalan a la intensa actividad que desarrolla Hacienda durante los primeros meses del año.

Sea como fuere, de cara a 2024 será de obligado cumplimiento lo siguiente:

Modelo 721

Derivado del ahora obsoleto modelo 720. 

Este modelo deben presentarlo todos los contribuyentes con saldos en criptomonedas superiores a los 50.000 euros

En él es necesario incluir los datos personales del usuario junto con la dirección pública que identifica al monedero electrónico declarado, así como las unidades de criptomonedas existentes al inicio y al final del ejercicio. 

Modelos 172 y 173

Los modelos 172 y 173 se centran en las empresas con residencia fiscal en España que sean partícipes en el mercado de las criptomonedas: agencias de intercambio, monederos virtuales, sociedades que lancen ofertas iniciales de criptoactivos, etc.

Todas esas empresas tendrán la obligación de presentar estos modelos informando de las operaciones que realicen tanto en España como en el extranjero:

  • Adquisición.

  • Transmisión.

  • Permuta.

  • Transferencias.

  • Pagos.

Además del tipo de operación realizada, deberán aportar otros datos adicionales relativos a las mismas: identificación fiscal, volumen, importes, etc.

¿Cómo tributan las criptomonedas en 2023?

El retraso en la nueva regulación sobre las criptomonedas no significa que hayan desaparecido las obligaciones fiscales sobre este tipo de activos.

Es obligatorio incluir en la Declaración de la Renta las ganancias derivadas de la operativa con criptomonedas, siendo opcional (pero recomendable) reflejar las pérdidas para así poder compensarlas en un futuro.

Criptomonedas en la Renta 2022

Es fundamental distinguir el tipo de renta o rendimiento obtenido para declararlo correctamente.

  • Ganancias por transmisión: las más frecuentes, aquí se incluyen la compraventa de criptomonedas y las permutas.

  • Ganancias sin transmisión: surgen por la promoción o emisión de nuevas criptomonedas (airdrops), aunque también tienen esta consideración cuando pertenecen a los programas de referidos. Se trata de recompensas, no de beneficios derivados de la compraventa.

  • Rendimientos de capital: hacen referencia a lo que conocemos como staking, una especie de depósitos que ofrecen rendimiento a cambio de guardar las criptomonedas durante un plazo determinado.

  • Actividad económica: en este caso los beneficios proceden de la minería de criptomonedas o de la realización de trading para terceros.

A partir de ahí, hay que marcar la casilla 1626 de la Renta 2022 indicando la fecha y el valor de adquisición de las criptomonedas para que el programa calcule automáticamente la ganancia o pérdida obtenida en el período.

¿Qué ocurre si compras y vendes varias criptomonedas a lo largo del año?

Hacienda establece el criterio FIFO (primera criptomoneda en entrar, primera en salir) como referencia para calcular la diferencia de valor.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….