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Qué son las facturas entre autónomos en España
Diferencias entre las facturas entre autónomos y otras
Como puedes observar, las facturas entre autónomos son totalmente iguales al proceso de contabilidad que se realiza con empresas, pero en el caso de tener que hacerlo a un particular todo cambia. Como autónomo, para emitir una factura a un particular debes tener en cuenta que nunca hay que incluir las retenciones por el IRPF. Esto tiene sentido porque un cliente no va a presentar el modelo 130 de IRPF a Hacienda por ti. Por ello, este impuesto lo tienes que señalar en tu declaración trimestral, pero no en la factura.¿Cómo se hace una factura entre autónomos?
Vamos a explicar cómo se hace una factura entre autónomos para que puedas realizarla correctamente la próxima vez que tengas que cobrar por un trabajo hecho para otro profesional por cuenta propia. Como ya hemos visto, es importante saber en qué grupo estás dado de alta en el IAE como autónomo.- Si eres autónomo profesional (realizas un trabajo de forma individual, directa y personal), tendrás que incluir el IRPF que te corresponda y el IVA. Este último depende de si tu cliente está exento o no del pago, por lo que deberás informarte antes de realizar la facturación.
- Si eres autónomo empresarial (realizas tu trabajo en una organización), tendrás que incluir el IVA, dependiendo de las características de tu cliente, pero no debes aplicar la retención del IRPF.
¿Cómo declarar las facturas entre autónomos?
Para saber cómo declarar facturas entre autónomos debes cumplir varias obligaciones:- Si eres tú el autónomo que ha realizado el trabajo y emite la factura por él, al recibir el pago tendrás que declarar la base imponible, es decir, el precio del servicio antes de impuestos, como ingreso, y el IVA como “IVA repercutido” en el modelo 303 (el trimestral).
- Si has sido el receptor del trabajo, tienes que incluir la compra en la casilla de gastos deducibles en el modelo 130 (si lo presentas) y en la Declaración de la Renta. En el 303 tendrás que añadir el IVA como “IVA soportado”.
- En el caso de que realices trabajos para autónomos de otros países pertenecientes a la Unión Europea, trimestralmente tendrás que presentar el modelo 349 con todas las operaciones intracomunitarias que hayas hecho.