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Cómo calcular el IVA a pagar en tu declaración trimestral
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Cómo calcular el IVA a pagar en tu declaración trimestral

Resumen > Se aproxima un nuevo trimestre y con él la declaración del modelo 303. Aprende a calcular el IVA que te corresponde pagar en tu declaración trimestral.
Cómo Calcular El Iva

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

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Queda menos de una semana para declarar y calcular el IVA del segundo trimestre con el modelo 303. La planificación cobra especial importancia si eres autónomo primerizo y te pierdes en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

Para ello, puedes contar con una asesoría fiscal online como Infoautónomos pero mientras te decantas por pedir ayuda puedes empezar por leerte este artículo.

Comenzamos por apuntar que el IVA es un impuesto indirecto al consumo en el que el autónomo tiene especial protagonismo ya que es precisamente el profesional o empresario cuya actividad está sujeta al IVA, el encargado de recaudarlo para después abonárselo a Hacienda mediante el modelo 303 de IVA. Este modelo de autoliquiación se presenta del 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero, aunque en este último mes del calendario fiscal la fecha se extiende hasta el  día 30.

IVA repercutido, IVA soportado e IVA deducible para calcular el IVA

Conocer estos conceptos es clave para saber en qué consiste la declaración trimestral del IVA, cómo cumplimentarla y el pago fraccionado que te corresponde pagar.

La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado radica básicamente en la condición de vendedor o receptor del servicio o producto. El IVA repercutido es el que paga el cliente, el que repercutimos al consumidor final, de ahí su nombre.

Pero cuando hablamos de IVA soportado eres tú, como profesional o empresario, el que paga el IVA de los productos o servicios que adquieres de tus proveedores, asumiendo el rol de cliente.

Cuotas de IVA soportado sin derecho a deducción

Se tiende a asimilar el IVA soportado como IVA deducible pero cuidado ya que, si bien es cierto que generalmnete coinciden,  no siempre el IVA soportado será deducible. El artículo 96 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido recoge los supuestos en que las cuotas de IVA soportado están excluídas del derecho a deducción:

  • Alimentos, tabaco y bebidas.
  • Espectáculos o servicios de carácter recreativo.
  • Joyas, alhajas, piedras preciosas, perlas y objetos elaborados con oro o platino.
  • Bienes o servicios destinados a atenciones a clientes, asalariados o a terceras personas.
  • Servicios de desplazamiento o viajes, hostelería y restauración, salvo que tengan la consideración de gasto deducible a efectos del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades.

Los detallados son gastos controvertidos en la fiscalidad del autónomo que engrosan este artículo 96 de gastos no deducibles; y los son por la dificultad para probar su verdadera finalidad en el desarrollo de la actividad, ya que la vinculación del gasto a la actividad económica es requisito fundamental para que éste sea deducible.

Cómo calcular el IVA que te corresponde pagar en tu declaración trimestral

Ahora que hemos intentado dejar claro estos conceptos cruciales toca conocer cómo influyen en el cálculo del IVA que te saldrá a pagar en tu modelo 303 de IVA siempre que tengas actividad.  Por ello, a la hora de calcular el IVA a pagar en tu declaración trimestral debes recopilar todas las facturas de ventas y gastos correspondientes al periodo declarante y extraer los siguientes datos:

  • Base imponible, importe
  • Tipo de IVA aplicado
  • Cuota o importe final de IVA que has cobrado o pagado

Esta información es fundamental para cumplimentar los apartados sobre IVA repercutido e IVA soportado. Al final, el pago fraccionado trimestral es el resultante de la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. Por tanto, el proceso de cálculo para la liquidación pone en valor el IVA de nuestros clientes que nos corresponde pagar en su nombre y el IVA que ya hemos pagado como clientes a nuestros proveedores y que debemos descontar.

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