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Prestaciones de la Seguridad Social para autónomos

Resumen > Conoce los requisitos y características de las principales coberturas y prestaciones que ofrece la Seguridad Social a los trabajadores autónomos: asistencia sanitaria, por nacimiento y cuidado de menor, por riesgo durante el embarazo, por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, por incapacidad temporal, por incapacidad permanente, por muerte y supervivencia, y las prestaciones familiares.
Prestaciones de la Seguridad Social para autónomos

Actualizado el 15 de enero de 2026

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

En este artículo explicamos las principales coberturas de la Seguridad Social y prestaciones para autónomos, a excepción de las prestaciones por jubilación y cese de actividad (desempleo), que se tratan en artículos específicos.

Las prestaciones analizadas en este artículo son:

  1. Prestación por asistencia sanitaria
  2. Prestación por nacimiento y cuidado de menor
  3. Prestación por riesgo durante el embarazo
  4. Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
  5. Prestación por incapacidad temporal
  6. Prestación por incapacidad permanente
  7. Prestaciones por muerte y supervivencia
  8. Prestaciones familiares

Las prestaciones para autónomos se financian mediante las cotizaciones que realizan mensualmente a la Seguridad Social a través de su cuota.

Así, dichas prestaciones se calculan en función de: la base de cotización y el tiempo que se ha cotizado.

1. Prestación por asistencia sanitaria

Todo autónomo que cotiza está cubierto por la asistencia sanitaria pública, equivalente a la de los trabajadores por cuenta ajena.

Esto quiere decir que puedes acceder a:

  • Atención primaria y especializada.

  • Urgencias.

  • Hospitalización.

  • Rehabilitación y transporte sanitario.

  • Prestaciones ortoprotésicas y farmacéuticas.

La cobertura sanitaria se financia con tus cotizaciones y está disponible siempre que estés de alta y al corriente en el pago de tus cuotas.

Esta prestación es la base de la protección social: garantiza tu acceso a la salud sin coste directo en cada consulta o tratamiento.

2. Prestación por nacimiento y cuidado de menor

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituye a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y se aplica tanto a mujeres como a hombres autónomos, siempre que reúnan los requisitos de cotización exigidos.

Esta prestación cubre:

  • Permiso por nacimiento y cuidado de menor.

  • Incluye también adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.

  • La duración y cuantía dependen del tiempo de cotización y de tu base reguladora.

Es decir, la Seguridad Social te paga una prestación durante un periodo si interrumpes tu actividad para cuidar de tu bebé o hijo adoptado, siempre y cuando estés en situación de alta y al corriente de pago.

3. Prestación por riesgo durante el embarazo

Si estás embarazada y tu labor habitual te expone a riesgos que pueden perjudicar tu salud o la de tu bebé, tienes derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo.

Sus principales características son:

  • Se concede cuando tu trabajo no puede adaptarse para eliminar ese riesgo.

  • La cuantía suele equivaler al 100 % de tu base reguladora.

  • Es compatible con la cotización y se solicita ante la Seguridad Social.

Esta prestación protege tanto tu salud como la de tu hijo antes de la baja por maternidad.

4. Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave

Los autónomos también pueden acceder a una prestación especial cuando tienen que cuidar de un menor con cáncer u otra enfermedad grave.

Este derecho cubre:

  • Periodos de cuidado intenso fuera del trabajo habitual.

  • Permite ajustar la jornada o cesar temporalmente la actividad.

  • Suele consistir en una prestación económica durante ese tiempo.

Esta ayuda reconoce las necesidades extraordinarias de los padres y madres que deben dedicar tiempo completo al cuidado de menores con enfermedades graves.

5. Prestación por incapacidad temporal

La incapacidad temporal (IT) cubre situaciones en las que un autónomo no puede trabajar por enfermedad común, accidente no laboral o accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Las claves de esta prestación son:

  • Permite sustituir parte de la pérdida de ingresos mientras dure la baja médica.

  • La cuantía depende de si la baja es por enfermedad común o accidente y de tu base reguladora.

  • Es obligatorio que estés dado de alta en el RETA, al corriente de pagos y con las cotizaciones mínimas exigidas según el tipo de contingencia.

Por ejemplo, en bajas por enfermedad común se abona un porcentaje de tu base reguladora a partir de determinados días de baja.

6. Prestación por incapacidad permanente

La incapacidad permanente protege al autónomo cuando, tras un proceso de baja o evaluación médica, se determina que una enfermedad o lesión limita de forma significativa o definitiva tu capacidad para trabajar.

Existen diferentes tipos:

  • Parcial: limita parcialmente la actividad habitual.

  • Total: impide desempeñar tu profesión habitual.

  • Absoluta: no te permite realizar ningún trabajo.

  • Gran invalidez: cuando además necesitas ayuda de otra persona.

La cuantía depende de tu base de cotización y del grado de incapacidad reconocido.

7. Prestaciones por muerte y supervivencia

Estas prestaciones están destinadas a proteger a la familia del autónomo en caso de fallecimiento o situaciones de supervivencia.

Entre ellas, se incluyen:

  • Pensión de viudedad para el cónyuge o pareja registrada.

  • Pensión de orfandad para hijos o menores a cargo.

  • Prestación por fallecimiento y gastos de sepelio en ciertos casos.

El objetivo es garantizar un apoyo económico a tus familiares tras tu fallecimiento, siempre según los requisitos específicos de cotización y convivencia.

8. Prestaciones familiares

Los autónomos, como cualquier trabajador cotizante, también pueden tener acceso a prestaciones familiares cuando cumplen condiciones relacionadas con cargas familiares.

Estas ayudas complementan la protección social y pueden incluir:

  • Prestaciones por hijo o menor a cargo.

  • Ayudas específicas para familias numerosas.

  • Complementos por nacimiento o adopción en determinados casos.

Aunque no siempre son económicas, muchas de estas prestaciones ayudan a equilibrar la vida familiar y profesional desde el punto de vista económico.

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