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Sistema RED para autónomos y pymes

Resumen >

Conoce en profundidad el sistema RED de autónomos, una plataforma para la comunicación y los trámites online del trabajador por cuenta propia con la Seguridad Social. 

En las próximas líneas te contamos en qué consiste, quienes están obligados a su incorporación, la gestión de alta y el funcionamiento del sistema. 

Sistema RED para autónomos y pymes

Actualizado el 21 de febrero de 2022

5 minutos de lectura

Por Infoautónomos

  1. Qué es el sistema RED para autónomos
  2. Qué autónomos están obligados al alta en el sistema RED
  3. Trámites tras el alta en el sistema RED de autónomos y SEDESS
  4. Cómo darse de alta en el sistema RED para autónomos
  5. Ventajas de la digitalización de los trámites con Seguridad Social

El grueso de los trámites que ha de realizar el autónomo con la Seguridad Social se pueden hacer por vía online a través de los sistemas habilitados para ello. Trámites como los de alta en el RETA, cambios de bases de cotización o solicitud de prestaciones para los que tan solo hace falta disponer de equipo informático y los pertinentes certificados digitales y que pueden quedar en manos de la propia asesoría online de confianza o del trabajador autónomo si éste decide actuar por su propia cuenta. 

Los sistemas habilitados para ello son el sistema RED y la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). En las próximas líneas abordamos el sistema RED para autónomos, los obligados al alta en el sistema y la forma de gestionarlo. 

1. Qué es el sistema RED para autónomos

El sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) es una plataforma digital de la Seguridad Social operativa desde 2008. Su objetivo es el cumplimiento por vía electrónica de las obligaciones adquiridas por los autónomos con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS ). Dichas obligaciones tienen que ver con las altas, bajas, modificaciones de datos, solicitud de prestaciones, etc…

2. Qué autónomos están obligados al alta en el sistema RED

En la actualidad, solo los autónomos con trabajadores contratados deben estar incorporados al sistema RED, pero la entrada en vigor el próximo 1 de octubre de 2018 de la Orden ESS/214/2018 obliga al conjunto de trabajadores autónomos, con independencia de si tienen personal contratado o no, a formar parte del sistema. Así lo confirma las comunicaciones que desde abril de 2018 están recibiendo los autónomos por parte de la Seguridad Social para el cumplimiento normativo.

Ahora bien, a la hora de cumplir con esta obligación como autónomo de pasar a formar parte del sistema RED antes del 1 de octubre de 2018 hay que establecer una premisa. Seguridad Social dispone de dos espacios diferenciados de gestión y tramitación electrónica: sistema RED y la propia Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

A efectos prácticos, el sistema RED está formado por autónomos, empresas o pymes con trabajadores contratados; así continuará siendo tras el 1 de octubre de 2018 puesta fecha de puesta en marcha definitiva de la Orden anteriormente citada ya que, aunque la Seguridad Social incorpora a la sede electrónica sistema RED, tratándolo como un conjunto, en la práctica los autónomos sin trabajadores contratados tienen la obligación de realizar su trámites únicamente mediante la sede electrónica.

Los autónomos con trabajadores contratados deben saber que el sistema RED se compone de dos modalidades de comunicación online con la Seguridad Social que precisan diferentes necesidades técnicas:

RED Directo

Para que autónomos y pymes, con menos de 15 trabajadores contratados, puedan realizar trámites como altas, bajas, modificaciones de datos, comunicaciones de altas o bajas médicas, de incapacidad temporal, partes de confirmación, etc…de una manera más rápida y segura a través de internet. En este artículo sobre el sistema RED Directo te lo contamos. 

RED Internet

Dirigido a autónomos y pymes con más de 15 trabajadores. Los envíos de liquidaciones también se realizan a través de ficheros mediante SILTRA, el sistema de liquidación directa.

asesoría infoautónomos

3. Trámites tras el alta en el sistema RED de autónomos y SEDESS

A través del sistema de remisión electrónica de datos (RED) y la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) el trabajador por cuenta propia con personal a cargo o no puede recibir notificaciones referidas a:

  • Trámites de afiliación: altas, bajas y variaciones en tus datos como trabajador autónomo. Recuerda que la asesoría online de Infoautónomos se pone a tu disposición no solo para la gestión fiscal de tu negocio sino también para tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. 
  • Relación nominal de los trabajadores que tengas contratados. Únicamente para aquellos autónomos incorporados al sistema RED. 
  • Ingresos de cuotas sociales con domiciliación bancaria o pago electrónico.
  • Trámites con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de los partes de alta y baja médica por contingencias comunes y profesionales así como la remisión de los certificados de maternidad y/o paternidad.
  • Gestión del Código de Cuenta de Cotización a la Seguridad Social (CCCs) y Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF).
  • Estar al corriente de las comunicaciones realizadas por el Servicio de Notificaciones Telemáticas de la Seguridad Social (NOTESS).

4. Cómo darse de alta en el sistema RED para autónomos

Los autónomos con trabajadores a cargo cuentan con dos posibilidades para gestionar su alta en el sistema RED: 

  • Mediante un autorizado RED que actúe en representación suya. Solo puede existir un único autorizado RED, por lo que, en este caso, la asesoría o gestoría será, si  incorpora este servicio, quien pueda acceder al sistema. En este supuesto la asesoría ha de cumplimentar y presentar el formulario 101 junto al certificado profesional colegiado, bien de forma presencial en alguna de las oficinas de la Seguridad Social, o de forma online en la Sede Electrónica. 
  • Solicitando en nombre propio ser autorizado RED. Esta opción es únicamente viable en el caso de que la autorización sirva para gestionar los Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) de una misma empresa. Esta es la opción que desde Infoautónomos recomendamos y facilitamos si lo que se pretende es conocer de primera mano las notificaciones de la Seguridad Social a propósito de tu situación en la misma y la de tu trabajadores. En este caso también se ha presentar el formulario FR 101 junto al DNI y la documentación que justifique que se trata de persona física o jurídica.

Los autónomos sin trabajadores a cargo pueden cumplir con la normativa haciendo uso de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El acceso a la misma se realiza a través de certificado digital, DNI electrónico o Sistema Cl@ve. En Infoautónomos te informamos a nuestros lectores cómo hacerse con el certificado digital.

5. Ventajas de la digitalización de los trámites con Seguridad Social

La digitalización de los trámites, que es el objetivo principal de la última normativa sobre el sistema RED, facilita una comunicación rápida con la Administración, sin necesidad de desplazamiento a cualquiera de las oficinas de la Seguridad Social.

Además también una comunicación segura ya que las formas de acceso garantizan la privacidad de los trámites y no van a ser rechazados por la Tesorería.

Además, aunque parece lógico, cabe indicar que todos los documentos acreditativos de los trámites realizados de forma digital a través de los sistemas RED y SEDESS tienen validez legal.

De la misma manera que los trámites con la Seguridad Social se digitaliza, los referidos a la fiscalidad del autónomo también se puede realizar vía online. Si quieres conocer los detalles accede a este artículo sobre la digitalización de la contabilidad y fiscalidad del autónomo

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