Los autónomos en España
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Novedades del año para autónomos y pymes

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Conoce las medidas que en este 2020 van a cambiar la gestión de autónomos y pymes, sus derechos y obligaciones. Abordamos las novedades en cotización, laborales, contables y fiscales. 

Actualizado el 3 de diciembre de 2021

5 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Con el cambio de año, que en en esta ocasión es también cambio de década, los trabajadores por cuenta propia y las empresas han de ponerse al día de las novedades legislativas que van a afectar a su actividad económica.  En Infoautónomos tratamos de acercarte cada año a los cambios más relevantes que han llegado, o van a llegar, alterando la gestión de tu negocio.

Este artículo trata de ser un recopilatorio de todas las novedades 2020 para autónomos y pymes en materia de cotización, laboral, contable y fiscal. Novedades que suponen para autónomos y pymes nuevos derechos y obligaciones que puedes hacer cumplir o cumplir sirviéndote de un servicio de asesoría online

Novedades en la cotización del autónomo en 2020

  • Cuota de autónomos 2020: Aumento del tipo general de cotización del 30% de 2019 al 30,3%. Este aumento se debe al incremento del tipo específico de las contingencias profesionales y el cese de actividad. A la espera aún de conocer si también habrá subida de la base de cotización, el incremento del tipo dejaría una cuota mínima de 286,15 euros, 2,75 euros más que en 2019 (incidimos, siempre que no se opte también por un incremento de la base de cotización). 
  • Cuota de autónomos societarios 2020: Esta figura, que paga en concepto de cuota 80 euros más que el autónomo persona física, también experimentará la subida de su cuota debido al incremento del tipo general de cotización. Ser autónomo societario en 2020 costará como mínimo 369,7 euros. 
  • Nueva prestación por contingencias profesionales: “Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad”. Ese es el nombre de la ayuda a la que pueden acogerse los autónomos que hayan sufrido accidente laboral. La entidad gestora de las prestación, que sufraga los gastos de adaptación del lugar de trabajo del autónomo accidentado, es la Mutua. 
  • Cambian los requisitos para acceder a la jubilación:  En 2020 aumenta la edad legal de jubilación pasando de los 65 años y 8 meses de 2019 a los 65 años y 10 meses. También se incrementa el periodo de cómputo de cotización que se eleva de los 264 meses a los los 276 meses. 

Otros cambios por llegar en la cotización de autónomos en 2020

Con la formación de Gobierno ya asegurada, 2020 puede ser el año en que se avance en la revalorización de las pensiones conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) o en la reforma del sistema de cotización del autónomo ajustada a sus ingresos reales.

Novedades laborales 2020 que afectan al autónomos y pymes 

  • Incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): El actual Ejecutivo ha incrementado el SMI hasta los 950 euros para 2020 después de negociaciones con sindicatos y patronal. Esta cuantía es 50 eruos más baja que la inicialmente prevista en la subida. El aumento, que se enmarca en una subida progresiva del salario medio hasta los 1.200 euros al final de la próxima legislatura en 2023, afecta directamente a los costes laborales de profesionales y empresarios empleadores.
  • Ampliación del permiso de paternidad: En enero ha entrado en vigor la segunda ampliación del permiso de paternidad aprobada en el segundo trimestre de 2019, pasando la duración del permiso de ocho semanas de descanso a 12 semanas. 
  • Jornada a la carta y cuidado del lactante: Los autónomos empleadores han de garantizar a sus trabajadores los mecanismos para la compatibilización de la vida familiar y laboral, entre ellos, la reducción de jornada, la flexibilidad horaria o el trabajo en remoto, según el Estatuto de los Trabajadores.  En este contexto también figura la prestación de corresponsabilidad en el cuidado del lactante, que permite al progenitor una hora de ausencia del trabajo hasta que el lactante cumpla nueve meses. 
  • Calendario laboral 2020: El calendario laboral de este año no experimenta cambios importantes. 

En el plano laboral también se mantiene la obligación de autónomos y empresas empleadores de registrar el horario de entrada y salida de sus trabajadores a cargo así como de los salarios, complementos extrasalariales clasificados por sexo y categoría profesional. 

Además, la Inspección de Trabajo seguirá aplicando mecanismos de lucha contra los falsos autónomos. Recordemos que el pasado año se creaba una nueva multa para esta infracción considerada grave que lleva aparejada una sanción de entre 3.126 euros y 10.000 euros para el empleador. 

Novedades 2020 para autónomos y pynes

Novedades en la contabilidad de autónomos y pymes en 2020

  • Cambios en los libros de registro de IRPF: Los autónomos en estimación directa simplificada que lleven el registro de ventas e ingresos y de compras y gastos tienen que añadir el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la contraparte ante cualquier operación. En el caso de autónomos que por el tipo de actividad económica tengan que emitir facturas simplificadas sin necesidad de identificar al destinatario bastará con hacerlo constar en un asiento de resumen diario.  

Es importante recordar que en 2019 el libro de registro de IVA también experimentó cambios, principalmente añadidos y reordenación de columnas. 

Novedades en la fiscalidad de autónomos y pymes en 2020

  • Nuevo borrador del IVA: Los autónomos adscritos al Suministro Inmediato de Información (SII) y con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros participarán en el proyecto del nuevo borrador del IVA, que inicia su fase piloto en febrero de 2020. 
  • Cesión de datos fiscales para presentación del Impuesto de Sociedades: Hacienda también se prepara para facilitar a las empresas sus datos fiscales con el objetivo de simplificar la presentación del Impuesto de Sociedades. 
  • Prórroga de los límites para estar en Módulos 2020: Los límites para continuar tributando por el sistema de estimación objetiva siguen siendo los mismos en 2020, permaneciendo el tope de 250.000 euros por volumen de ingresos y 125.000 euros por facturación a empresas y profesionales.
  • Cambios en la presentación de modelos: Los modelos 347 y 390 se presentarán mediante formulario de ayuda o mediante fichero, desapareciendo  la opción de presentación a través del SMS de las declaraciones correspondientes a 2019, tal y como podían hacer las entidades a las que son de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de junio sobre la propiedad horizontal, siempre que no excedan de 15 registros. 
  • Calendario fiscal 2020: El calendario del contribuyente no experimenta cambios importantes en este nuevo ejercicio, manteniéndose las fechas habituales de presentación de las principales autoliquidaciones y los modelos informativos de autónomos y pymes.  

Justicia fiscal, ley antifraude y nuevos impuestos 

Una vez conocido que Pedro Sánchez va a ser el próximo Presidente del Gobierno, es más que probable que durante 2020 se pongan en marcha las medidas en materia fiscal acordadas con sus socios de Gobierno y pendientes aún de regulación y aprobación: 

  • Incremento del IRPF a rentas altas: Las rentas superiores a 130.000 euros sufrirán un incremento de dos puntos en el IRPF sobre la base general y de cuatro puntos si la  renta es superior a 300.000 euros. 
  • Reforma del Impuesto de Sociedades: Las pymes podrían ver rebajado el tipo nominal del 25% al 23% mientras que las empresas con más de 20 millones anuales de cifra de negocios habrán de hacer frente a una tributación mínima del 15%.
  • Reducción del límite de pago en efectivo: Podría pasar de los actuales 2.500 euros a los 1.000 euros. 
  • Nuevos impuestos: Este 2020 podría ser el año de la entrada en vigor de la tasa Google, que afectaría a grandes empresas de la economía digital gravando un 3% de los servicios de publicidad, y de la equiparación de los tipos impositivos de diesel y gasolina. 

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