Como seguramente sabes, el plazo para la presentación de la Declaración de la Renta 2024 (la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF)), finaliza el 30 de junio de 2025.
Si quieres pagar lo menos posible en tu declaración te conviene conocer aquellas deducciones a las que tengas derecho, con las que conseguirás reducir la cantidad a pagar.
Las deducciones en el IRPF son diversas: las hay estatales pero también autonómicas.
Y las hay genéricas para todos los contribuyentes o específicas de los trabajadores autónomos.
En este artículo vamos a ver cuáles son las principales deducciones en la Declaración de la Renta 2024 - 2025:
- Qué son las deducciones fiscales
- Las principales deducciones en la Declaración de la Renta 2024 - 2025
- Las nuevas deducciones en la Declaración de la Renta 2024 - 2025 de los trabajadores autónomos

1. Qué son las deducciones fiscales
Según la Ley General Tributaria las deducciones fiscales son una disminución parcial o total de la tasa tributaria de un impuesto.
Las deducciones se aplican en distintos impuestos, con un funcionamiento específico para cada uno, por ejemplo no son iguales en el IVA que en el Impuesto sobre Sociedades o que en el IRPF, que son de las que nos ocupamos en en este artículo.
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es el marco normativo que regula las deducciones en la Declaración de la Renta de carácter estatal.
Luego están las deducciones autonómicas, que cuentan con su propia regulación.
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2. Las principales deducciones en la Declaración de la Renta 2024 - 2025
El número de deducciones en la Declaración de la Renta a las que pueden acogerse todos los contribuyentes, no solo autónomos, no es desdeñable.
En estas líneas abordamos las principales deducciones que se pueden aplicar en la Renta 2024 - 2025 para poder optimizar el resultado de tu declaración:
- Deducción por inversión en vivienda habitual (Régimen transitorio): si adquiriste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y aplicaste esta deducción en ejercicios anteriores, puedes seguir beneficiándote de ella. Permite deducir hasta el 15 % de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros anuales.
- Deducción por alquiler de vivienda habitual (Régimen transitorio): para contratos de alquiler firmados antes del 1 de enero de 2015, es posible deducir el 10,05 % de las cantidades pagadas, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
- Deducción por donativos: las donaciones a entidades sin ánimo de lucro permiten deducir el 80 % de los primeros 150 euros donados. Para cantidades superiores, la deducción es del 35 %, que puede aumentar al 40 % si se ha donado a la misma entidad en los dos años anteriores por un importe igual o superior.
- Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación: si has invertido en empresas de nueva o reciente creación, puedes deducir el 30 % de las cantidades invertidas, con una base máxima de 60.000 euros anuales. Es necesario cumplir ciertos requisitos, como mantener la inversión durante un mínimo de tres años.
- Deducción por obras de mejora de eficiencia energética: las inversiones en obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda pueden beneficiarse de deducciones del 20 %, 40 % o 60 %, según el tipo de mejora realizada y el ahorro energético conseguido. Estas deducciones tienen límites de base máxima y requieren la obtención de certificados de eficiencia energética antes y después de las obras.
- Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga: es posible deducir el 15 % del valor de adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible, con una base máxima de 20.000 euros. Asimismo, se puede deducir el 15 % de las cantidades invertidas en la instalación de sistemas de recarga, con una base máxima de 4.000 euros. Estas deducciones aplican a adquisiciones e instalaciones realizadas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
- Deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla: los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en Ceuta o Melilla durante el ejercicio 2024 pueden aplicar una deducción del 60 % sobre la parte de la cuota íntegra que proporcionalmente corresponda a las rentas obtenidas en dichas ciudades.
- Deducción por maternidad: las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden deducir hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Esta deducción puede incrementarse en 1.000 euros adicionales si se han satisfecho gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo: los contribuyentes que formen parte de una familia numerosa o que tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo pueden deducir hasta 1.200 euros anuales. En el caso de familias numerosas de categoría especial, la deducción puede alcanzar los 2.400 euros.
Es importante recordar que, además de estas deducciones estatales, cada comunidad autónoma puede establecer sus propias deducciones en el tramo autonómico del IRPF.
Por ello, es recomendable consultar las específicas de tu comunidad para maximizar el ahorro fiscal en tu Declaración de la Renta 2024-2025.
3. Las nuevas deducciones en la Declaración de la Renta 2024 - 2025 de los trabajadores autónomos
Si las anteriores deducciones se aplican al conjunto de contribuyentes que presenten su Declaración de la Renta, las que a continuación detallamos son las nuevas deducciones que se aplican de forma exclusiva a los trabajadores autónomos en la Declaración de la Renta 2024 – 2025.
Nos encargamos de tu Declaración de la Renta
Los consumos relacionados con tu actividad, como la compra de materiales o combustible, son deducibles.
También puedes desgravar los sueldos y cotizaciones a la Seguridad Social si tienes empleados.
Las indemnizaciones por despido o las aportaciones a planes de pensiones (tuyas o de tu equipo) también cuentan.
¿Usas un espacio alquilado como oficina o coworking? El alquiler y los cánones asociados se pueden deducir, igual que los gastos en reparaciones y mantenimiento de equipos o instalaciones (ojo: no las mejoras o ampliaciones).
Los suministros como luz, agua, Internet o teléfono también son deducibles si están vinculados a tu actividad profesional.
Lo mismo ocurre con los honorarios de abogados, asesores o auditores, los seguros (como el de responsabilidad civil) y otros servicios externos como publicidad o transporte.
Tampoco te olvides de incluir impuestos relacionados con tu actividad, como el IBI o el IAE, y los gastos financieros, como intereses de créditos o comisiones bancarias. Y, como autónomo, también puedes deducir tus propias cotizaciones a la Seguridad Social, además de ciertos gastos de manutención y uso del vehículo profesional.